Apicultura en Gran Canaria. Apuntes para su historia.

Esta página recoge muchos documentos históricos sobre la apicultura en la isla de Gran Canaria. No pretende ser un estudio histórico sino la búsqueda y ordenación cronológica de  documentos con referencia a la apicultura en la isla,  a modo de apuntes y a la espera de que un historiador amplíe y de forma. Agradecemos al lector su  comprensión.

En el artículo Origen, evolución y conservación de la abeja de la Isla de La Palma publicado en mayo de 2016 en la revista Journal Apicultural Research, la Dra. Irati Miguel (Técnico del Servicio de Genómica -Secuenciación y Genotipado de la UPV) y otros sostienen que el actual acervo genético de la abeja de Canarias fue originado muy probablemente por introducciones humanas desde Portugal producidas a partir de la conquista de las islas en el siglo XVI, si bien no puede descartarse una colonización natural ancestral desde la Península Ibérica.

En las siguientes líneas, sin ninguna pretensión científica, vamos hacer una pequeña inmersión en varios textos históricos en relación a la apicultura en Gran Canaria, obviando los estudios sobre la abeja negra que ya están en otros apartados de esta web.

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Mapa de Ptolomeo

El historiador romano Plinio el Viejo (siglo I), citando la expedición mandada por el rey Juba II de Mauritania en el siglo anterior, deja pocas dudas de que hace, por lo menos, dos milenios ya se encontraban las abejas en esta isla, en su “Historia natural” da nombre a la sexta isla como “Canaria” por sus perros, y habla de sus edificios y abundancia de palmeras, pinos y mieles (esse copiam et mellis  Hist. Nat. VI, 31,199 y sigts).

A pesar de que en el siglo II de nuestra era Ptolomeo en su “Geografia” hace el primer mapa de las islas y que se supone que las islas fueron visitadas por los árabes, no encontramos más referencias al archipiélago canario hasta mediados del siglo XIV, en que comienzan las visitas de mallorquines, andaluces, genoveses o portugueses.

Apicultura prehispánica ( sXIV y XV)

Según cuenta Agustín Millares Torres en su Historia general de las islas Canarias, en el año de 1360 dos buques mallorquines aportaron a la Gran Canaria; entablaron pacíficos tratos con sus moradores, habiendo llegado la confianza de éstos hasta permitir que se levantasen dos humildes ermitas, una al naciente en los arenales del puerto de las Isletas, bajo la advocación de Santa Catalina, y otra al poniente en la aldea llamada después de San Nicolás, dedicada al Santo del mismo nombre, en cuyas ermitas colocaron unas imágenes, que ellos toscamente labraron.

Algunos años más adelante naufragó en la misma isla de Gran Canaria, junto al barranco llamado Niginiguada, un buque español que iba de Sanlúcar a los puertos de Galicia. Sólo se salvaron 13 hombres, que fueron cariñosamente recibidos por el Guanarteme (Artemy Semidán). Su capitán Francisco López pereció ahogado.

Los náufragos, regalados con carne asada, miel y gofio, fueron puestos en libertad, permaneciendo allí once años dedicados a labrar cuevas, fabricar casas y enseñar secretamente la religión a varios jóvenes, hasta que acusados de connivencia con los piratas, fueron apresados y muertos, en unión de cuatro guipuzcoanos y tres sevillanos que fortuitamente estaban en la isla.

Años más tarde. veremos un episodio similar cuando Diego de Silva tras dos días sitiado con sus hombres en las cercanías de Gáldar, acosados de hambre y sed, sin fuerzas para manejar las armas, decide enviar mensajeros y rendirse a discreción.  Ajustada la paz, dejaron los sitiados sus armas  confiados en la palabra de los isleños, que era siempre sagrada, fueron conducidos al pueblo de Gáldar, donde el Rey, Tenesor Semidán,  los obsequió con carne, gofio, leche, manteca, miel y dátiles.  (Agustín Millares Torres, Historia de la Gran Canaria).

Tomás Arias Marín de Cubas en su «Historia de las siete islas de Canaria» afirma

Es Canaria de muchos montes, arboles, fuentes, arroios, y por onde quiera mucha agua, riscos mui puntiagudos, tiene de largo 12 leguas, de ancho onse, tiene muchas avez silvestres, ganados menores, arboles silvestres, salvo higueras muchas, por fuera blancos y dentro colorados diferentes, mucho a los de España el fruto de ellas, sus moradores muchos y diestros en la pelea, abunda de todo genero de legumbres i granos, miel silvestre de avejeras en grutas de los riscos que suele destilar por ellos;

Esta descripción sobre Gran Canaria parece sacada de la crónica Le Canarien; Marín de Cubas se extiende más en su descripción auxiliándose, probablemente, de otras crónicas y noticias. Por ejemplo, cuando trata sobre “la miel silvestre de avejeras en grutas de los riscos que suelen destilar por ellos”; este hecho no aparece reflejado en Le Canarien.

Sin embargo, resulta cierto. Todavía es frecuente encontrar panales silvestres construidos en el interior de oquedades y rendijas naturales de los riscos; los campesinos del lugar suelen castrar estos panales para recoger la miel.

Usos de la miel por la población aborigen

Volviendo a Agustín Millares, nos informa que los aborígenes grancanarios

Asaban la carne de diferentes modos y casi cruda la comían, sazonándola con el zumo fermentado de la palma o del mocan. a cuya bebida llamaban teserquen. Tenían miel de abejas, manteca, leche, harina de cebada (gofio), dátiles, higos y zarzamoras, y abundancia de peces y mariscos.El mantenimiento ordinario era gofio qe. hacían de cebada tostada en sus tostadores de barro. Después de tostada se muele en unos molinos de mano, y ciérnanla pr. unos cedazos de pergamino de cuero agujerado. Amasanlo cuando lo han de comer con caldo de carne y es bueno; y con leche, y lo mejor con miel y manteca. Es gran socorro pa. años de necesidad y comida enjuti y sana. El trigo no lo tenían por sano por no saber hacer pan, hacianlo frangollado y cocíanlo con leche á manera de arroz, sembraban poco dél.

El actual Museo Canario, se inauguró oficialmente el 24 de mayo de 1880 con el nombre de Museo de Antigüedades Canarias.

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Entre estos diferentes objetos, que revelan la vida sencilla y patriarcal de aquellos isleños, no hay ninguno que excite más vivamente la atención del espectador como esa numerosa colección de vasijas de barro, de diferentes dimensiones, forma y aplicación.

Hay ánforas de gran capacidad para conservar la manteca, de cuya sustancia se descubren aun algunos restos; otras llenas de pequeños higos, bien conservados, y de sangre de drago, tan útil como medicinal en todas sus enfermedades; botijos para agua y para guardar miel y otros líquidos.

Algunos de estos vasos se hallan decorados con festones de colores en triángulos o en círculos caprichosos, que revelan cierto gusto en el arte del dibujo.

Enterramientos

En esta isla, la más civilizada entonces del archipiélago, es donde se encuentran vestigios más numerosos de las creencias religiosas de los aborígenes.

Designaban estos isleños al Ser Supremo con el nombre de Acoran, Dios sólo, eterno y omnipotente, señor de cielo y tierra, dispensador de recompensas a los buenos y castigos a los malos.

El cuidado con que procuraban conservar los cuerpos de los que fallecían, embalsamando los más ilustres, dejando a su lado vasijas con miel, higos y leche y colocando sus armas predilectas en las cuevas, donde los encerraban, nos prueba que tenían alguna noción de otra existencia después de la muerte.

En los depósitos de momias encontrados en el barranco de Guayadeque, se ha visto que unas estaban sostenidas en pie por medio de palos ahorquillados y otras tendidas sobre tablones de tea. Siempre hay en estas grutas algunas vasijas de barro y de madera con restos de miel y otras substancias, consumidas por el tiempo. Junto a algunos cadáveres hay magados y pedernales cortantes y bastones de mando.

Siglo XV. Incorporación a Castilla

Los nautas europeos que buscaban una ruta marítima a las fuentes del oro africano descubrieron el Archipiélago y sus gentiles en el primer tercio del siglo XIV, y a principios del XV se produjo la primera fase de la conquista insular.

Se creó entonces el señorío de Canarias como feudo de la Corona de Castilla, pero no hubo una efectiva labor colonizadora, y los señores dedicaron sus esfuerzos al tráfico esclavista, a intercambiar baratijas por productos de la tierra, y a defender su dominio de los intentos de anexión de la Corona lusa.

Las circunstancias cambiaron en la segunda mitad del siglo XV. El desarrollo de la agroindustria azucarera en Madeira desde 1440 mostró las favorables condiciones de Canarias para esta agroindustria, y su papel de economía de enclave adquirió mayor relevancia a medida que se tornaba más visible el acceso marítimo al oro africano. En resumen, había ahora razones suficientes para una colonización basada en una economía agroexportadora azucarera y en una economía de servicios ligada a la empresa africanista.

La Corona de Castilla actuó de inmediato. En 1476 arrebató a los señores el derecho de conquista sobre el territorio con mayor potencial económico (Gran Canaria, La Palma y Tenerife), en 1479 resolvió el contencioso con Portugal por la posesión del Archipiélago (Tratado de Alcaçobas-Toledo), e inició la conquista de la isla más próxima a la costa africana y con mayor potencial azucarero (Gran Canaria). Pero la Corona pronto comprendió que la acción militar y colonizadora no podía recaer en su hacienda, totalmente empeñada en la conquista del reino de Granada. Debía dejarla al capital privado. ¿Cómo?

En los inicios del proceso colonizador, todas las tierras y las aguas del Archipiélago formaban parte del patrimonio señorial, y a partir de 1476 el territorio más rico de este patrimonio pasó a manos de la Corona al adquirir ésta a los titulares del señorío las islas que deseaba conquistar. Ahora bien, este proceso de «patrimonialización» no era nada nuevo y, además, contenía la semilla de una nueva cultura jurídica sobre los derechos de propiedad; una cultura más próxima al capitalismo.

Aún estaba la isla de Gran Canaria bajo la acción de la Conquista por las huestes castellanas, cuando Sus Altezas los Reyes Católicos expidieron en 4 de Febrero de 1.480, tres años antes de finalizar la acción bélica, a su bizarro Capitán Pedro de Vera, una Real Cédula para que pudiera hacer repartimientos de tierras y heredamientos en la dicha isla de Gran Canaria, que, en opinión de uno de los Cronistas anónimos, fué «Isla de extrema fertilidad».

El modelo colonizador realengo combinaba el interés regio y el privado mediante la eliminación de todo obstáculo jurídico-económico de naturaleza feudal que impidiera la movilidad de las fuerzas del capital, representado por los albergo genoveses y sus socios, la élite militar de la conquista, y del trabajo, representado por un colonato de hombres libres.

En síntesis, la Corona otorgó un trato económico y fiscal muy favorable a la obra colonizadora, esto es, totalmente opuesto al modelo normando o al luso.

Facilitó la inversión al admitir que el valor fiduciario del circulante isleño aumentara en la cuantía precisa para cubrir los costes de transporte y los beneficios financieros, y evitó toda injerencia del clero «en tratos y contratos». Removió los obstáculos que se oponían a la movilidad del factor trabajo en sus áreas de reclutamiento, y permitió la arribada de gentes de otras banderas y culturas (minorías judeoconversa y morisca) sin vigilar por el momento su ortodoxia. No impuso limitación alguna a la asignación de los recursos y la oferta agroexportadora tuvo libre acceso al mercado internacional. Otorgó exenciones fiscales durante los primeros años de la colonización, y fijó luego como principal impuesto un moderado arancel sobre el comercio exterior. Por último, y frente al canon enfitéutico del modelo normando o del luso, la Corona no exigió canon alguno por la cesión de tierras y aguas.

Los gobernadores del territorio realengo fueron los jueces repartidores de tierras y aguas y hubo toda clase de injusticias, pues fueron parte interesada en el negocio azucarero y beneficiaron con extensas datas a sus parentelas, a los grandes conquistadores y a los financieros de la conquista. Sin embargo, la historia de los repartimientos canarios fue más compleja, sobre todo si atendemos a los derechos de propiedad del agua.

Todas las tierras de riego aptas para el cañaveral se reservaron para este cultivo y se anuló todo reparto contrario a esta prioritaria estrategia productiva, que comenzó en Gran Canaria hacia 1484 y en las tierras bajo riego de los vencidos. Los gobernadores midieron este espacio y las aguas continuas de las cuencas hidráulicas que lo irrigaban, y distribuyeron la tierra y el agua de acuerdo con el derecho de aguas castellano, el sistema ribereño, y con el principio jurídico que une la propiedad del agua a la propiedad de la tierra. El módulo de reparto fue la fanegada (5.500 m2 de media) con su unidad de agua, la «azada de agua» — nominación que deriva del instrumento empleado en el riego—, cuyo caudal (10 l/s.) irrigaba por inundación la fanegada en una jornada laboral (12 horas de día o de noche). La irrigación seguía un turno de riego o dula —vocablo árabe— y su duración, entre 15 y 30 días, tenía en cuenta los requerimientos hídricos del cultivo en cada uno de sus terrazgos.

Los peones de la conquista fueron agraciados con cinco fanegadas (2,75 hectáreas) y cinco azadas de agua por sus dulas, y los colonos posteriores con fracciones de esta unidad de reparto. Los caballeros recibieron una caballería de regadío (5,50 hectáreas) y diez azadas de agua por sus dulas, y los mayores lotes de tierras y aguas correspondieron a la élite de la conquista y a los comerciantes-banqueros genoveses y flamencos que asumieron la costosa construcción de una unidad agroindustrial azucarera (cañaverales e ingenio). Ahora bien, este reparto no fundamentó todos los atropellos ni la formación de la primera economía de plantación del Atlántico; por el contrario, este reparto incluyó una norma que facilitaba la génesis de esta agroindustria, esto es, con mano de obra libre.

El plantío cañero comenzó en Gran Canaria hacia 1481 y en las terrazas irrigadas de los vencidos, y había, por supuesto, más tierra y agua para el cañaveral, pero se requería para ello más gente y capital para invertir en la «saca» de aguas. La primera zafra se produjo en 1483 y en 1487 finalizó el ciclo cañero en su primer escenario al agotarse el suelo. La tierra estaba «cansada» y se discutió entonces lo obvio: la ineficiente asignación del recurso hídrico. El agua no generaba renta alguna al no poder irrigarse en su tierra «cansada» durante el barbecho, y ocurría, además, que esta ineficiencia, de mantenerse, alcanzaría a la red de irrigación —utilizada ahora como simple desaguadero— y a los capitales invertidos en la manufactura azucarera. Había, en resumen, que eliminar una ineficiencia que amenazaba toda la estructura productiva cañera, esto es, el vínculo jurídico tierra-agua; y roto este vínculo, se podía construir con el mismo volumen de agua asignado al primer espacio cañero, ahora «cansado», un nuevo espacio en los secanos de su entorno.

Estos secanos tenían ya dueño. Nada más iniciarse, la agroindustria creó una demanda interior de cereales, y los gobernadores repartieron tierras para las sementeras entre el colonato que carecía de capital para el plantío cañero.

Los propietarios del agua separada de su tierra cañera «cansada» podían entonces comprar parcelas del secano con opción cañera para irrigarlo con su agua, o bien vender ésta o su uso a los dueños de este secano interesados en el cañaveral. La primera opción motivaría la génesis de un mercado de la tierra y, la segunda, del agua.

LA COLONIZACIÓN EUROPEA Y EL DERECHO DE AGUAS. EL EJEMPLO DE CANARIAS , 1480-1525

ANTONIO M. M ACÍAS HERNÁNDEZ

Universidad de La Laguna

HISPANIA. Revista Española de Historia, 2009, vol. LXIX

Siglo XV. Petición de cera para la Virgen de La Candelaria
Relata el naturalista Viera y Clavijo (s. XVIII)  en «Diccionario de Historia Natural de las Islas Canarias» que durante la conquista del archipiélago los castellanos apenas se encontraron unas pocas colonias salvajes en Gran Canaria, que luego llevaron a Tenerife, La Gomera, La Palma y El Hierro. Por su parte Gómez Escudero en «Historia de la conquista de Gran Canaria» afirma que los grancanarios «tenían miel silvestre de abejas y colmenas, no supieron conocer ni en Tenerife se hallaron abejeras, no sabían sacar la cera».

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Fray Alonso de Espinosa  en su Historia de Nuestra Señora de Candelaria relata lo siguiente:

Pasó el tiempo, pasaron los aires de años y años y la Señora seguía allí, en su Cueva Sagrada, recibiendo el mudo respeto de aquellos que ella había elegido. Pero se conquista la Isla y va allá don Diego de Muros, que desde el principio fué muy devoto de la Serenísima Señora. Se estaba, lector, a 2 de febrero de 1497; como la Virgen lucía en la siniestra mano una candela verde, los castellanos vieron de clarísima forma que de Virgen de Candelas se trataba, y era menester celebrar su fiesta en el día aquel, señalado por la Iglesia. Y los nuevos mandantes de Añaza, junto con los viejos y vencidos hacen la más solemne conmemoración. Entre quienes esto establecieron se hallaban por lógica y en lugar primero, el Adelantado, don Alonso, el Rey vencido de la Gran Canaria, don Fernando Guanarteme y la más pura flor de la caballería conquistadora, en que no tenían poca parte los fieros hijos de Gran Canaria, que más o menos voluntariamente habían seguido a su Señor a conquista de la tierra que rinde tributo al Teide.     

Mas todo se volvió estupores al advertir que no podría celebrarse la festividad de la Señora: no era aquella tierra de cera y no se había caído en ello, que de haberlo advertido a tiempo pudo haberse solventado la cosa con anchura, que Gran Ganaría rebosaba de próvidas colmenas guaniles y sus cereros surtían con los frutos a todas las islas sojuzgadas. Entonces, la Celeste Dama—nadie osó dudarlo—, hizo una de las suyas-, ante el general asombro las aguas comenzaron a vomitar panes de buena cera amarilla en clara ofrenda de vasallaje a la Isleña Divinísima. Y desde aquel instante llamaron al lugar del clarísimo milagro «Playa de la Cera…» Gracias a esto, y entre las más arrebatadas devociones, —de los hijos de la tierra y de aquellos que allá fueron a hacerla suya—, pudo celebrarse la fiesta primera a Nuestra Señora de Candelaria en sus tierras calientes del Sur de Tenerife. Es ésta, lector, su primer salida ortodoxa; en ella, la Dama Morena de Chimisay es llevada en parihuelas por cuatro Menceyes de la Isla.

Juan de Abreu Galindo en Historia de la conquista de las siete islas de Gran Canaria recoge el milagro de la cera de la Virgen de la Candelaria con las siguientes palabras: «Todos los años la víspera de la Purificación de Nuestra Señora la Virgen María, a dos de febrero, en la noche se veían, y al presente se ven, muchas lumbres como en procesión por la orilla del mar alrededor de la cueva donde esta imagen está, y por la mañana hallaban muchas gotas de cera blanca en cantidad por toda la costa, y el día de hoy se hallan estas gotas de cera blanca».

En relación a este hecho el notario Fernan de Alvarez, a petición de Antonio de Arévalo, levanta acta notarial en San Cristóbal de La Laguna el 25  de junio  de 1497 en presencia de Alonso de Lugo. Se presentan como testigos a Pedro Fernández,  Diego Fernández y Alonso Sanchez de Morales naturales de la isla Fuerteventura y a  Gonzalo Méndez Castellano,  Pedro Maninidra, Pedro Mayor naturales de la isla de Gran Canaria y vecinos de Tenerife, y Pedro de Ervas, Eibone de Armas, vecinos de la dicha isla de la Gran Canaria.

Se recoge el dicha acta notarial el siguiente párrafo «E que este presente año al tiempo que se halló la dicha cera no havia candelas para decir misa, ni para bendecir el dia de la purificacion de Nuestra señora la virgen Maria por cuanto en esta isla no hay colmenas para sacar cera, sino la traian de la gran Canaria por ser esta dicha isla nuevamente ganada de mano de infieles é puesta debajo del yugo de nuestro Salvador Jesu Cristo, é traxeron la dicha cera«.

Siglo XVI. Fuero de Gran Canaria

Finalizada la conquista de la isla, la asamblea municipal elegida por Vera continuaba hasta que los reyes por real cédula dada en Madrid el 20 de diciembre de 1494, dirigida al gobernador, consejo y vecinos de la villa del Real de Las Palmas, ordenaban que los lugares y villas recién poblados de la Gran Canaria convenía tuviesen ordenanzas y fueros para regirse. Mientras no ordenasen lo contrario habría seis regidores, un personero, un mayordomo, un escribano, tres alcaldes ordinarios y un alguacil mayor.

Se mandaba además por los reyes la redacción de unas ordenanzas que respondiesen a las necesidades de la isla, las cuales debían serles sometidas para su aprobación.

Las ordenanzas establecerían reglas fijas y equitativas respecto al peso de las harinas, estanco del jabón, tabernas, mesones, penas de cámara, guardas de términos comunales, viñas, panes, colmenas, frutas y dehesas, y sobre los oficios de menestrales y jornaleros.

En el Libro rojo de Gran Canaria o Gran Libro de Provisiones y Reales Cédulas se recoge la   Real Cédula que define el  Fuero y Privilegio Real  de la Isla de Gran Canaria, dada en Madrid el 20 de diciembre de 1494.
D. Fernando y Dña. Isabel, el mismo día que realizaron la incorporación de Gran Canaria, concedieron como beneficio a la isla la exención de alcabalas, monedas y toda clase de pechos y tributos, a los vecinos y moradores de ella que tuviesen casa poblada y durante el plazo de veinte años, con la única excepción de tener que abonar tres maravedies por ciento de carga y descarga. La finalidad del Privilegio fué, como lo expresan taxativamente los reyes, fomentar la población de los territorios recientemente conquistados. Pero, transcurridos esos veinte años de la vigencia de tales prerrogativas, Dña. Juana, por R. C. dada en Burgos en 24 de diciembre de 1507, confirmó por las mismas razones, cuanto habían hecho sus padres, pero ya con carácter definitivo, aunque aumentando la única tributación a cinco maravedises por ciento de todas las mercancías que se cargaran y descargaran.

Aranzel del peso desta Ysla.

Don Fernando E Doña Ysabel.Bien sabedes como nos fue fecha relación que essa dha ysla no tenia proprios algunos, para las necessidades que vos occurriessen, ni para pagar el salario de los Regidores, ni para embiar mensajeros a nuestra corte, ni para otra cosa alguna. A causa de lo qual se hazian muchos repartimientos e derramas en la dha ysla e era alguna causa para que no se poblasse bien e que en la dha ysla auia algunas cosas de que vos podiamos hazer merced para los dhos proprios especialmente de vn peso en que se pesassen las mercadurias de auer de peso. e que dello se pagasse lo que la ntra, merced fuesse. Sobre lo qual nos mandamos al Licenciado Diego Fernandez de Valera,e porque tenga proprios para sus necessidades que vos deuiamos fazer merced del dho peso de concejo e que los derechos del se lleuassen segun e por la forma que se llevan en el peso de la ciudad de Sevilla, el aranzel del qual nos mandamos traer e fue ansi mismo visto en el ntro consejo e nos tovimoslo por bien e por esta ntra carta fazemos, merced e gracia e Donacion a la dha ysla para sus proprios e rentas, e para cumplir sus necessidades del dho peso de concejo.

De la @ de la miel vna blanca                     ½

Del @ de la cera vn maravedi E m”               1 ½

De la Labor de la miel e cera del @ dos mrv    II

Dada en la nombrada e gran ciudad de Granada a veynte y seys dias del mes de Julio Año del nascimiento señor Jesus de mil e quinientos e vn años. yo el Rey, yo La Reyna. (Nota. Párrafos extraídos en relación con la miel)

 
Siglo XVI. Carlos I y Felipe II

Un nuevo tribunal, de gran importancia para las Canarias, fué creado por el emperador y su madre Dña’ Juana en real cédula de 7 de diciembre de 1526.

…..

Para desentrañar las frecuentes cuestiones de jurisdicción y las continuas quejas de los municipios, envió el emperador a Canaria un comisionado especial, el licenciado Francisco Ruiz de Melgarejo, la fin de que redactase unas ordenanzas que fijaran en lo sucesivo las atribuciones de los ayuntamientos y Audiencia.

Con tan buena fortuna consiguió redactar esas ordenanzas que todos las aceptaron, después confirmadas por Felipe II en 1533.

Respecto a las ordenanzas municipales tuvo Ruiz de Melgarejo especial cuidado en conservar aquéllas que no se oponían a las atribuciones del Real Acuerdo, modificó otras que el progreso de los tiempos exigía y añadió algunas que el uso y la costumbre habían introducido con grandes ventajas para los vecinos y pobladores. En ellas había reglas para vender el vino, pescado, carnes, pan, hortalizas, miel, cera y sebo, fijando precios e imponiendo penas a los contraventores, tía. Prohibía la exportación de cueros, vacas y yeguas, sin licencia expresa del Consejo. Se reglamentaban los mesones y tabernas, mandándose que sólo hubiese seis en Las Palmas, que habían de satisfacer una contribución especial para los Propios.

Francisco Morales Padrón rescata estas «Ordenanzas del concejo de  Gran Canaria (1531)» en donde se recogen cuatro Títulos en relación a la apicultura.

MIEL, CERA Y CEBO

La exportación de los quesos –enviados a Indias desde muy pronto– así como la miel, cera y sebo queda totalmente prohibida sin una autorización de la ciudad. Tampoco quien adquiriese algunos de estos productos podía revenderlos sin un previo examen de los Diputados-Regidores que fijarían el precio. La miel sería expedida usándose las medidas habituales en la ciudad y la cera usándose las pesas, ambas «afinadas por el Almotacín». Estos productos, pregonada su venta, podían ser comprados por los vecinos para su empleo particular pasado nueve días.

COSAS PROHIBIDAS DE EXPORTAR

Había un título especial para las «Cosas que no se pueden sacar fuera desta ysla». Ellas eran: pan, vino, carne, pescado, aceite, quesos, miel, cera, sebo, fruta seca y verde, cueros al pelo y curtidos, botas vacías, cascos vacíos de palma, tablas de palma, yeguas, vacas … Se permitían exportar naranjas, limas, conservas a las Indias, siendo embarcados por las naos que hacían una última escala para cargar agua, cabritos, quesos, miel, carne, verduras, etc., etc.

CANDELEROS Y CEREROS

Debía ser importante esta ocupación ya que se le dedica una media docena de ordenanzas. Como en el título sevillano se comienza por señalar que la cera y sebo que se usen sean buenos y que el pabilo que empleen sea de lino y no grueso. Al parecer en sus engaños los cereros solían poner sebo dentro y cera por fuera, o diversas capas de ambos productos, malogrando la vela. Esto se prohíbe y se le dice al candelero que debería labrar la cera según das «pramáticas del reino». La cera amarilla podía ser vendida a 55 maravedís la libra y la blanca a 60, quedando impedidos de vender los cirios y velas a ojo. Se llegaba a fijar hasta cuántas velas o candelas debían de salir de cada libra de sebo: ocho más o menos; pero se les permitía que pudieran sacar hasta 12 ó 16. Cualquier persona podía llevarle al candelero sebo o cera para que le hiciera velas; en tal caso el artesano Ie cobraba 6 maravedís por cada libra labrada, además de quedarse con la quinta parte de la cera o sebo que se le entregara. Hay otras disposiciones complicadas sobre las obligaciones del artesano, modo de trabajar, relaciones con los clientes, etc.

COLMENERAS Y ABEJERAS

Sólo a una legua de 3.000 pasos se permitía tener colmenares junto a zonas poblados, ingenios o parrales; y entre una colmena y otra debía haber también una legua de distancia. Si dentro de una legua se encontraba algún abejar cercano a parrales o ingenios podían ser quemados o castrados. Nadie podía castrar abejares salvajes sin permiso de la Justicia y Regimiento, pues pertenecían al Consejo, y quien tuviera licencia para castrar procuraría no matar a los abejares.

Primeramente que nynguna persona tenga colmenar junto a los lugares poblados ny cabe yngenio ni parral e que los que quisieren tener colmenas las puedan tener apartadas una legua de tres mill pasos de los lugares poblados o de los engenos o parral so pena que el colmenar que estobiere dentro del dicho término aya de pena al señor del dicho colmenar por cada colmenar quarenta maravedís de pena e que demás de la dicha pena sea obligado el dicho dueño de las colmenas dentro de quynze días que fuere requerido por cualquier persona de quytar las dichas colmenas fuera del dicho término y esto sy el engeno o parral fuere más antiguo que el colmenar o parral que en tal caso mude el colmenar a costa del señor del engeno o parral y esto aya lugar quando el señor del engeno o parral lo pidiere que se mude el dicho colmenar.

Otrosy porque los dichos colmenares tengan buenos pastos e no se hagan daño los unos a los otros se provee e manda que de un colmenar a otro aya distancia de una legua de tres mill pasos e que dentro del dicho término no se pueda dar sitio de colmenar en perjuicio del que primero esto vyere ny nynguna persona pueda poner colmenar dentro del dicho término contra la voluntad del dueño del primer colmenar so pena de seyscientos maravedís e que sea obligado a mudar las colmenas dentro de ocho días después que fuere requerido por el señor del primer colmenar y esta hordenanza se entienda en los colmenares que de aquy adelante se quisiere fazer e poner.

Otrosy que ninguna persona sea osado de castrar abejera ni abejeras salvajes syn licencia de la justicia e regimiento o del arrendador que tubiere arrendadas las dichas abejeras porque las dichas abejeras son de los propios del concejo de esta ysla so pena que qualquiera que castrare abejera syn licencia yncurra en pena de seyscientos maravedís e pierda la miel e cera que sacare a las tales abejeras.

Otrosy que las personas que tuvieren licencia para dicha legua de los engenos o parrales las puedan castrar e quemar syn pena.

Otrosy que las personas que tuvieren licencia para castrar las tales abejeras castren de manera que no las maten so pena de dozientos maravedís por cada una abejera que mataren.

El legado aborigen ( textos tomados de Gabriel Betancor Quintana, ULPGC)

«La sociedad colonial en Canarias nace fruto de un proceso violento, no sólo de una guerra de conquista, sino también de la desaparición de sociedades y culturas como elementos vivos. La población superviviente al naufragio indígena se vio obligada a integrarse en una sociedad que les era hostil».

En ese nuevo mundo, el de principios del siglo XVI, los indigenas representaron el 30% de la población, sin contar con los mestizos, que en aquellos tiempos era conocidos como mezclados, lo que nos hace pensar que más de la mitad de la población tenía una filiación en origen indígena.

Las vías de integración y aculturación de la población indígena fueron muy heterogéneas, si bien la lengua castellana y la religión cristiana se impusieron desde el primer momento. «Tan profundamente quedó grabado en esta sociedad la necesidad de ser cristiano que, hasta no hace muchos años en el interior de las Islas, el saludo del cristiano se mantenía».

Pero no sólo eso. También había que desarrollar unos hábitos de vida homologables: dejar el tamarco y vestirse de paño, vivir en poblados… De ahí, los continuos llamamientos de Cabildo de Tenerife para que los guaches no anduvieran entamarcados, ni se comieran el ganado guanil por estar en la tierra de sus abuelos.

Lo que queda claro es que, tras la conquista, se produce un aluvión de inmigración que colonizó el territorio en sólo cinco decadas, al cabo de las cuales los nativos quedaron marginados y su economía y forma de vida, relegada.

El conjunto de la población indígena se integró en la nueva sociedad ocupando un lugar secundario, en el mejor de los casos, se convirtieron en pequeños y medianos propietarios de tierra, como el caso de los canarios en Tenerife. De hecho, ninguno de los linajes más altos de la sociedad prehispánica consiguió hacerse un hueco entre las clases dominantes del nuevo orden social, pese a que solicitaron privilegios de hidalguía, como fue el caso de Fernando Guanarteme.

Lo general es que fueran pastores pobres, como lo fueron los guanches que trabajaron para los grandes propietarios portugueses, o como Juan Grande, quien aprovechaba las tierras del señorío episcopal en Agüimes o hacía sus apañadas en Amurga, en tierras que inicialmente no recibieron el impacto de la colonización.

Mestizaje

Dentro del escalafón social, los indígenas entraron en un proceso de fusión con los colonos pobres europeos y con los esclavos traídos de África. «El mestizaje fue el elemento más característico de la formación de la moderna sociedad canaria y de su cultura popular, tanto desde el punto de vista demográfico, como social y cultural”.

Eso explica que en zonas como Tirajana, la población negra tuviera el derecho, de portar al patrón, “hasta que un ramalazo racista del cura, en el siglo XIX, lo prohibió”.

En todo caso, el mestizaje y la aculturación son desiguales. Las poblaciones que estuvieron vinculadas a los nuevos centros de colonización, aprendieron con rapidez las costumbres y hábitos foráneos. Los que se mantuvieron al margen, siguieron practicando sus formas de vida, dedicados al pastoreo en las zonas menos accesibles de las Islas, manteniendo su lengua durante varias décadas.

Su legado se circunscribió a las actividades económicas que resultaron competitivas con respecto a las de los conquistadores: conocimiento del medio geográfico, ganadería caprina, técnicas de producción de loza y transformación y conservación de alimentos, como por ejemplo, el gofio. También se mantuvieron vivas actividades aborígenes reconvertidas en deportes como la lucha canaria, el salto del pastor o el juego del palo.

Pese a todo, la propia supervivencia impuso a los aborígenes la necesidad de tapar sus orígenes. Un inquisidor, en la década de los 70 del siglo XVI, reconoce que es muy complicado realizar un censo porque «los naturales de estas Islas y sus descendientes lo ocultan con mucho cuidado: sus costumbres no tenían cabida en la sociedad de los colonos».

De hecho, de una nomina de más de mil indígenas que el historiador Betancor Quintana logró confeccionar, «sólo 74 conservaron en su nueva nominación cristiana alguna relación con su nombre prehispánico-Doramas, Guanarteme…-, mientras que 170 mantuvieron una vinculación gentilicia -Adeje, Agüimes…-». Esto significa que «más del 75% recibió nombres y apellidos cristianos, borrando, documentalmente hablando, con el plumazo del bautismo cristiano, cualquier vinculación nominal con su pasado prehispánico»,

En este orden de cosas, hubo diferencias notables: los canarios fueron los indígenas que se integraron con menor reticencia en las estructuras coloniales, en parte por las relaciones mantenidas todo el siglo anterior al de la conquista con barcos europeos. En cambio, los pastores guanches, se vincularon más con las esclavas berberiscas. Mientras que los gomeros se caracterizaron por no tener esclavos y apenas colaborar con la instauración de la sociedad colonial. Pese a todo, en el siglo XVI el proceso de colonización ya se ha consumado y las sociedades prehispánicas, como elementos vivos, han sucumbido.

De una Isla a otra

Los traslados de indígenas de una isla a otra fueron determinantes a la hora de la nueva configuración social, constituyeron también uno de los modos que tuvo la dirección política de la conquista de romper los vínculos de los indígenas y sofocar, así, la posibilidad de nuevos levantamientos armados. De este modo, canarios fueron llevados a Tenerife; guanches a Gran Canaria y La Gomera; y gomeros a Tenerife y Gran Canaria.

«Concluida la conquista del Archipiélago, la élite indígena canaria se avecindó en Tenerife, convirtiéndose en una respetada e influyente minoría. La sociedad moderna en Canarias, en particular en Tenerife, no hubiese podido constituirse sin el concurso de la población indígena superviviente (canarios, gomeros y guanches); y especialmente sin la participación de los descendientes del grupo dominante de Gran Canaria, que actuaron en la Isla como elemento vertebrador que facilitó la integración del conjunto de las poblaciones indígenas supervivientes».

De hecho, los canarios recibieron el 11% de la superficie repartida en Tenerife. Los indígenas grancanarios se hicieron con el control de 7.180 fanegadas, mientras que los guanches obtuvieron 1.273 (2%) y los gomeros, 448 (0,7%. En total, 8.901 fanegadas recayeron en manos aborígenes y 57.098 en las de los conquistadores.

Los canarios se concentraron en Taoro, La Orotava, Los Canarios, Icod, Daute… y resultaron fundamentales para el desarrollo agrícola y la constitución de la sociedad moderna en Tenerife. Tanto es así, que el 65% de la población canaria documentada por el historiador Betancor Quintana de la ULPGC se localiza en Tenerife y sólo el 30%, en Gran Canaria.

En cuanto a la distribución del resto de los aborígenes en Tenerife, los guanches y gomeros tuvieron la mayor porción de tierras en las zonas de menor potencialidad agrícola y las que menos interés tenía para la colonización: Abona, Güimar, Adeje, Anaga.

En Gran Canaria se pèrdieron los documentos de repartimiento de tierras, si bien se sabe que los canarios se asentaron en Guayedra y Gáldar, así como en Guayadeque y Tirajana. Aquí también hubo gomeros. Y los guanches fueron a parar, en el mejor de los casos, a Santa Brígida o hacia el interior: Timagada, Acusa…

Las tierras entregadas a los nativos sirvieron a la vez de polo de atracción para los pocos indígenas que todavía defendían su modo de vida tradicional y como núcleos productivos que abastecían de cereal a la mano de obra esclava en los ingenios azucareros «coadyuvando a garantizar la estabilidad del poblamiento europeo en la Isla”.

Los traslados de aborígenes tuvieron también su reflejo en la toponimia de Canarias. Los guanches bautizaron algunas zonas de Gran Canaria, como las Vueltas de Adeje, Tegueste o las cuevas de Anaga; los canarios hicieron lo mismo en la zona que lleva su nombre o el realejo de Taoro, donde constituyeron mas del 40% de su población inicial.

Pastores indígenas tras la conquista

La importancia de los pastores indígenas en el cuidado y explotación de la cabaña ganadera, principalmente caprina, se pone de manifiesto no sólo en el aprovechamiento del trabajo de centenares de familias de pastores que atendían los ganados y elaboraban el queso, sino en el empleo de destacados cabezas de los linajes indígenas como personal intermediario que controlase las actividades de los pastores y de sus familias. Al menos una docena de indígenas de las distintas islas se emplearon, tras la conquista, en estos menesteres de intermediarios entre la sociedad colonial y las actividades ganaderas indígenas. Diputados del ganado y alcaldes de la mesta, veedores del ganado, veedores para la matanza de perros salvajes, recaudadores del diezmo ganadero, guardas de las dehesas y de las mieses, e incluso alguaciles y alcaldes pedáneos de lugares cercanos a centros de poblamiento aborigen, son citados en los primeros compases de la colonización en que fueron frecuentes los altercados que tuvieron su origen en la contradicción entre la ganadería indígena y la colonización agrícola europea, casos de Agaete-Guayedra, Artenara-Lugarejo en Gran Canaria, o Taganana y las partes de Adeje y Daute en Tenerife.

La nómina de naturales de Gran Canaria y Tenerife que desempeñaron este papel intermediario entre los pastores canarios, gomeros y guanches y las autoridades coloniales es significativa. Los alguaciles canarios en distintas partes de la isla de Tenerife: Juan Doramas y Bartolomé Texena (Buenavista), Michel de Vera (Masca y Chio), Guillén García (Adeje), Juan Bermudo (alguacil mayor de Daute). Guardas de dehesa guanches en Tenerife como Antón Azate; en Gran Canaria los alguaciles de Guayedra Michel de Gran Canaria, Salvador Hernández y Juan Benitez. Administradores del diezmo ganadero en el norte de Tenerife canarios y guanches como Juan Vizcaíno y Gaspar Fernández. Alcaldes indígenas como el guanche Pedro Azanos en Taganana, Juan Sánchez Bentidagua y Francisco Sánchez Bentidagua en Agaete, Juan Martín de Artevirgo en Artenara.

Una nómina significativa que pone en evidencia la importancia que este sector de la población tuvo en la génesis del campesinado pobre en Canarias. El profundo mestizaje entre indígenas de Canarias, esclavos traídos de África y campesinos pobres de origen español jugó un papel de primer orden en la formación de las clases trabajadoras que pusieron en marcha la sociedad colonial en Canarias.

En lo referente a la ganadería y la producción de queso por parte de los indígenas, resulta difícil averiguar la totalidad de la producción quesera, pues la mayor parte de sus transacciones económicas no dejó registro documental y las cifras aportadas por los archivos notariales de las islas hay que considerarlas como un mínimo. Las familias indígenas eran auténticas unidades de producción ganadera; las descendientes de los extintos grupos dominantes –que lógicamente empleaban a sus esclavos para los menesteres ganaderos–, pero especialmente la de los pastores, el común de la población indígena superviviente al violento choque de la conquista. La atención a las “jairas”, además de iniciar a los niños en la cultura ganadera, no era contrapuesta a la colaboración con los pastores en los hatos que eran cuidados al palo en zonas de Anaga, Imobad, Buenavista y Teno, Masca, Agache, Güímar, Arafo, en Tenerife; o en los alrededores y entre las dehesas del Real de Las Palmas, Tamaraceite y Tasautejo, Fagajesto y los Altos de Guía y Gáldar, Acusa, Lugarejo, Agaete, Guayedra, Timagada, el Carrizal y por todo el barranco de la Aldea desde su cabecera en la cumbre, por el barranco de Guayadeque y las zonas comarcanas de Tenteniguada y Temisas, o en zonas costeras desde los llanos de Arinaga hasta Arguineguín, pasando por los corrales del canario Juan Grande y la charca de Maspalomas, en Gran Canaria.

El aborigen Juan Grande, primer apicultor canario de la historia

Hijo de naturales de la isla, Juan había nacido en 1499, más de 15 años después de finalizada la conquista; su vida transcurrió entre los barrancos y los llanos del sudeste de Gran Canaria ganando su sustento y el de su familia con la explotación de ganados de cabras. El ámbito territorial en que desarrollaba sus actividades no se circunscribió a las tierras que recibió en repartimiento en el barranco de Guayadeque; desde allí pastoreaba sus rebaños por las tierras de Arinaga, Llanos del Polvo, Sardina, el barranco de Tirajana y los “Llanos de Juan Grande” –cuyo nombre recibe dicho término debido a que fue él quien lo amojonó y cercó-, y extendiendo su actividad pastoril hasta la Charca de Maspalomas, lugar en que los pastores llevaban a abrevar sus ganados y castraban las abejeras salvajes del lugar.

En 1550, al incrementarse la presión colonizadora sobre el territorio y temerosos de perder la propiedad los nietos de Juan Adobar –Luis Bristol y Diego Ramírez- solicitaron al Cabildo que la confirmase pues en el tiempo de la pestilencia se quemaron muchos papeles y ropas y el escribano no encontraba el albalá. En el expediente de confirmación del repartimiento intervino Juan Grande quien declaró favorablemente a los intereses de Bristol y Ramírez; no en vano Juan Grande frecuentaba el barranco de Tirajana pues Amurga era una de las zonas donde se realizaban las apañadas del ganado de suelta (BETANCOR QUINTANA, G.: Los indígenas en la formación de la moderna sociedad canaria. Integración y aculturación de canarios, gomeros y guanches, 1496-1525. Tesis doctoral inédita. ULPGC, 2003).

También hay que conocer que estas tierras eran de realengo, y por tanto quien aquí las aprovechara lo haría como para pastos o en último caso como usurpador, nombre que entonces se le daba a los que roturaban las tierras de realengo o concejiles. También pudo tratarse de un colono estante en el lugar.

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PETICIÓN DE XIMÓN CAMELLO DE UNA CUEVA Y UNOS PEDAZOS DE TIERRA EN GUAYADEQUE LINDANTE CON EL BARRANCO DE LA SIERRA, PARA HACER UN PARRAL.
Las Palmas.13 de Noviembre de 1.549.

Los Parrales de Guayadeque

A mediados del siglo XVI Simón Camello recibió en la vertiente de la solana del Barranco de Guayadeque, por debajo del Barranco de La Sierra, unas tierras que fueron plantadas de parrales:

“…Muy magnificos señores Ximon Camello vezino de la çibdad de Telde besa las manos de vuestras señorias e le subplica le hagan merçed de me mandar dar un pedaço de tierra que es en el termino de Agüimes dentro del barranco de Guayadeque en que puede aver veynte hanegas poco más o menos que esta en pedaçuelos dentro en el dicho barranco que alindan con çierto colmenar de Juan Grande vezino de Telde e por la vanda de arriba el barranquillo que dizen de la Sierra e ansimismo podo me hagan merçed en el mismo titulo de las dichas tierras de mandarme dar una cueva que esta a un lado de las dichas tierras dentro dellas las quales dichas tierras quiero para en ellas con el ayuda de Dios hazer un parral o lo que fuere mi volunta y en ello rreçibire merçed,cuyo mui magnifico ayuntamiento Nuestro Señor guarde y prospere por largos tiempos.E por los dichos señoes  vista la dicha petiçion fue rrespondido que le daban e dieron las dichas tierras que pide y donde las pide sin perjuizio de terçero e con las condiçiones de las tierras de sequero y mandaronselas asentar en este libro de Repartimientos e darle titulo dellas.”

PETICIÓN DE BARTOLOMÉ DE TOVILLEJA Y JUAN GRANDE DE TIERRAS DE SEQUERO EN EL “LOMO DE LOS CAVALLOS”.
Las Palmas. 28 de Abril de 1.550.
“…Muy magnificos señores Bartolome de Tovilleja e Juan Grande vezinos de la villa de Agüimes besamos las manos de vuestras señorias e les subplicamos nos hagan merçed de nos dar en vezindad dozientas hanegadas de tierras de sequero que son a do dizen el lomo de los Cavallos que comarca de Agüimes que an por linderos por la parte de arriba la cueva que se dize del vejete e por el lado un barranco que va dende las cuevas de Coruna ver un barranco abaxo que va por las cuevas de Maryn Vanez y por el otro lado el barranco de Guayadeque e por la parte de abaxo una majada que dizen de Alonso de Avila las quales dichas tierras son montuosas e por çercar y sin perjuizio de terçero alguno por tanto pedimos e subplicamos a vuestras señorias las mande dar e asentar en el libro de Repartimientos de tierras de los vezinos desta ysla y en lo asi probeer e mandar vuestras señorias nos haran merçed cuya vida y magnifico estado Nuestro Señor acresçiente en su santo serviçio.
E por los dichos señores governador e Regidores vista la dicha petiçion
dixeron queles davan y dieron las dichas tierras que piden e donde las piden sin perjuizio de terçero e con las condiçiones de las tierras de sequero e mandaronselas asentar en este libro de Repartimientos e darles titulo dellas.”

VENTA DE TIERRAS DE SEQUERO DE “PAN SEMBRAR” EN LA VEGA CASTAÑA LINDANTES CON EL BARRANQUILLO DE LAS CUEVAS DE LA PAJA (¿) Y CON EL BARRANQUILLO QUE VIENE DE LA ATALAYA.

Agüimes. 31 de Marzo de 1568.
“Hernando Alonso y María de Salazar, su mujer, vs. de esta isla en la villa de Agüimes, venden a Alonso Ortiz, v.o de la misma villa, unas tierras de sequero de pan sembrar que tienen en la Vega Castaña, término de esta villa, que lindan por la parte de arriba por la cabezada con tierras de Andrés Hernández y Juan Grande, y por la banda de abajo con el Barranquillo de las Cuevas de la Paja de la dicha Vega Castaña, y por un lado tierras de Bartolomé de Tovilleja y por el otro lado el barranquillo que viene de La Atalaya que linda con tierras del Lomo de Juan de Ávila, vendida buena y sana, derecha y sana, sin embargo ni contradicción ni condición alguna, y libre de todo tributo, censo u otro cualquier empeño y enajenación, por precio de 60 dbs. pagadas en cincuenta cabras de dos años arriba a precio cada una de 12 rls. y medio.
TS.: Jorge Pérez, Cristóbal Cardero, Melchor Hernández y Diego
Gutiérrez, vs. de esta villa.- Hernando Alonso.- A ruego y por testigo, Jorge
Pérez.”

En la antigüedad la expresión de arriba hace referencia a la parte de atrás desde el punto de referencia, que en este caso es Agüimes, señorío que antiguamente tenía una gran superficie y acababa donde empezaban las tierras de realengo, probablemente en el cauce del Barranco de Tirajana. En todo caso, lo que sí queda acreditado es la existencia de un propietario de tierras llamado Juan Grande.

Otras peticiones en Ingenio

Petición que hace María López al Cabildo para la Obtención de tierras de sequero en la Vega Castaña y procedimiento para que se le adjudiquen.

Las Palmas. 18 de Julio de 1.544

….. Magnificos señores, Mari Lopez mujer de Pedro de Burgos que Dios aya,vezina de Telde beso las manos devuestras señorias y digo que para en quenta de mi vezyndad y de mis hijos huerfanos que tengo,les suplico me hagan merçed de sesenta hanegadas de tierras de sequero en la vega Castaña linde con unas tierras e colmenas y cuevas mias y de mis hijos por una parte, e por otra parte tierras e cuevas de Juan Martynez de Bilbao linde con un barranco que va desde el barranco de Guayadeque junto a los charquillos e por otra parte tierra de los alfaquies en lo cual reçivire merçed,nuestro señor sus magnificas personas a su santo serviçio acreçiente.

Petición de Francisco Díaz, vecino de Agüimes de unas tierras con unas cuevas y licencia para un asiento de colmenas, entre el Barranco de Aguatona y el barranco que parte el término de Aguimes.

Las Palmas. 26 de Febrero de 1554.

“…Muy magnificos señores, Françisco Diaz vezino desta ysla en Aguymes besa las manos de vuestras señorias y les suplica le hagan merçed de un pedaço de tierra en que podra aver una suerte de tierra poco más o menos con otros pedaçuelos que estan alrrededor que podran tener otra suerte poco más o menos que es en el dicho termino de Aguymes que linda de la una parte la cordillera del barranco de Aguatona y por la otra banda de abaxo las cordilleras de los dichos barrancos que bienen a juntar uno con otro e por la banda de arriba tierras realengas. Y ansi mismo suplica le hagan merçed de unas cuebas que estan dentro del dicho pedaço de tierra con que ansymysmo se le haga merçed de liçençia para un asyento de colmenas en la dicha tierra por que en ello le haran vuestras señorias muy gran bien e merçed, cuyo muy magnifico ayuntamiento nuestro señor aumente por su santo serviçio.

E por los dichos señores gobernador e regidores vista dixeron que se le dan syn perjuizio de terçero las tierras que pide y donde las pide sin perjuizio de terçero e con las condiçiones de las tierras de sequero e mandaronselas asentar en el libro de repartimientos e que se le de titulo dellas e que las cuevas las tenga conforme a la hordenança.”

Peticion de Gaspar de Olivares Maldonado de tierra debajo de la Montaña del Mojon junto al barranco de Guayadeque.

Las Palmas. 27 de Enero de 1556.

Muy magnificos señores: Gaspar de Olivares Maldonado, beso las manos de vuestras señorias y digo que el año pasado de 1553 siendo alcayde de la fortaleza de Las Ysletas ove pedido a vuestras señorias me hiziesen merçed de dosientas anegadas de tierra poco más o menos que son a la vanda de Telde que a por linderos de una parte el barranco de Guayadeque aguas vertientes y de la otra parte otro barranco que va por el colmenar de Burgos aguas vertientes que va por la vanda de abaxo de las mismas tierras a feneçer al dicho barranco de Guayadeque y por la vanda de arriba un lomo que viene de la montaña del Moxon a dar en las mismas tierras.

Promesa de dote: un parral lindante con tierra del hospital de San Martín, agua de la acequia real deAguatona, mitad de un lagar, tierras, medio asiento de colmenas y ajuar.

Agüimes. 13 de Marzo de 1573

“Juan Alemán, v.o de la villa, estando concertado el matrimonio entre Juan López, v.o de la villa, hijo de Pedro de Burgos y de [roto] López, vs. de la isla, y María Hordones, su hija y de Juana Milián, su mujer, doncella, le promete en dote los siguientes bienes: ……..  tres fans. de tierras con medio asiento de colmena, donde López quisiere; …..

Cristóbal Díaz de la Garza, en nombre del Dr. Lercaro, da partido a medias en un parral, por cuatro años, a Diego Díaz.

Ingenio de Agüimes. 22 de Abril de 1573.

“Cristóbal Díaz de la Garza, en nombre del Dr. Ángel Lercaro, en virtud de su poder, da a partido de medias a Diego Díaz, trabajador, est. en la villa, un parral en el término de la villa que es el que ahora tiene Juan Martín Castellano, en el Barranquillo, con su casa dentro de esta heredad de parral, por tiempo de cuatro años que cuentan desde octubre de este año, que han de ser cumplidos, y cogidos cuatro esquilmos de vino y fruta. Díaz ha de podar, cavar, regar y guardar el parral, limpiar los árboles que están [roto] a medias, y los oréganos y las colmenas del fruto [roto] que hubiere durante ese año. Ha de gozar el parral por sus dulas, y para ello el otorgante le dará en invierno [roto] días de agua y en verano tres. Ha de desverar el parral y echar de cabeza, y vendimiar a su costa; también reparar las cercas, y todo lo demás necesario. Todo lo que cogiere de vino y fruta lo ha de partir a medias; y el otorgante dará a Díaz la mitad de los cascos que tiene en la bodega para que los adobe y eche su parte de vino en mosto y vino; etc.

PARTIDO A MEDIAS DE UN PEDAZO DE TIERRA EN EL CARRIZAL CON CAÑAS Y VID, LINDANTE POR ARRIBA CON EL PAREDÓN DE LA PIEDRA DEL PASTEL (¿) Y CAMINO QUE VA AL ALBERCÓN, CON DOS DÍAS Y DOS NOCHES DE AGUA DEL CARRIZAL.

Agüimes. 4 de Noviembre de 1576.

“Juan de Quevedo da a partido de medias de cinco años a Francisco Martín, v.o de la isla, un pedazo de tierra en El Carrizal, de hasta una suerte, que está parte de parral y parte de cañas que se han de cortar este año, y parte de él por plantar, que linda por la parte de arriba con el paredón de la piedra del Pastel y camino y servicio de la casa que va al albercón, por abajo el barranco y a dar al Colmenarejo, y por allí arriba lindando con el paredón de la piedra del Pastel;

PARTIDO A MEDIAS DE TIERRAS CON PARRAS EN EL CARRIZAL.

14 de Junio de 1577.

“Juan de Quevedo, v.o de la isla, da a partido de medias a Bastián García, v.o de la isla, una suerte de tierra en El Carrizal, la mayor parte plantada de parral nuevo de dos años, que linda por arriba con las [roto] que están junto al albercón y [roto] “medias de las dichas hoyas y parral hay un paredón del tiempo”, por un lado tierras del otorgante, y por otro lado lo propio; si quisiere meter dentro de la cerca otro pedazo de tierra que linda con la que ahora da a partido de medias a la parte de abajo, lo haga para plantarla con el resto de la tierra que está por plantar; también le da una suerte de agua que es dos días y dos noches, más en los dos primeros años otro día y noche con su albercón para criar el parral y lo que se plantare.

…..

Aparte de esto, le da a este partido cuatro colmenas vivas para que las tenga en el parral y cercado para hacer un colmenar para ambos y las enjambre, limpie y guarde durante todo el tiempo del partido; también pondrá los corchos y tablas de palma necesarios, los dará en Fataga y García los traerá a su propia costa, además de ser quien haga los corchos dándole Quevedo el aparejo de clavos y tarugos; García también castrará y hará la miel y cera.

..

Cada año, Quevedo podrá mandar un visitador que visite el parral, la acequia y albercón, las colmenas y la casa. Ocho días antes de que quiera vendimiar y castrar, García podrá avisar para que Quevedo prevenga lo necesario al efecto. Cuando se acabe el majuelo, García lo ha de sembrar dándole Quevedo la cebada; la que se cogiere ha de ser de por medio y se partirá por medio pagando primero el diezmo. García no podrá vender, donar, trocar, cambiar, arrendar ni enajenar de ninguna manera la heredad y colmenas sin licencia de Quevedo.

PARTIDO A MEDIAS ENTRE VECINOS DEL CARRIZAL Y DE LA VILLA DE UN CERCADO DONDE DICEN ALTIGRANEL (¿) LINDANTE CON LA MAR Y EL BARRANCO DEL CARRIZAL Y LA MONTAÑA DE AUTIGRANDE*.

El Carrizal. 27 de Julio de 1578.

“ Lázaro Martín, carpintero, y Catalina Váez, su mujer, vs. de la villa en El Carrizal, dan a partido de medias a Antonio González Manco (o “manco”), trabajador, v.o de la villa, un cercado donde dicen Altigranel, que está con su cerca alrededor, y un barranquillo que está más arriba se ha de meter en ese cercado, el cual linda por arriba con tierras de Marín y su mujer, “y ella parte de abaxo la mar el barranco del Carrizal por un lado” y por el otro la montaña de Autigrande, más tres días y tres noches de agua con su albercón del agua que tienen de El Carrizal.

……..

También le dan seis colmenas para tenerlos allí, partiendo a medias todo lo procedido de ellas; le darán todos los corchos para todos los enjambres; González ha de procurar, castrar, enjambrar, “escarsiar” y beneficiar, siendo el fruto a medias.

……

Martín y su mujer podrán enviar cada año un visitador que visite el parral, aguas y albercón en lo que fuere su parte, y las colmenas, casa y bodega que han de fabricar; partirán a medias los frutos del parral, árboles y colmenas, pagando primero el diezmo y avisando González a Martín y su mujer ocho días antes de vendimiar y castrar para que ellos se prevengan de lo necesario para recibir esa mitad del fruto. Paracualquier venta, arrendamiento, transacción ni traspaso de estos bienes habrá de contar con la licencia de Martín y su mujer.[Todas estas condiciones son las habituales en este tipo de contrato].

CESIÓN Y TRASPASO: TIERRAS DE SEQUERO EN LA VEGA CASTAÑA, AGUA EN LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA, TIERRAS JUNTO AL VALLE DEL HOSPITAL Y UN ASIENTO DE COLMENAS CON SU CUEVA EN GUAYADEQUE.

Villa de Agüimes. 30 de Agosto de 1579.

“Juan de Mireles y Gonzalo de Mireles, mayor de veinte años, hermanos, hijos de Martín de Mireles y de Catalina Garra, difuntos, por cuanto estos vendieron 260 dbs. de tributo principal Dña. Teresa (100 dbs.), al Deán D. Zoilo Ramírez (60 dbs.) y al Dr. Ángel Lercaro (100 dbs.), por ciertos [roto] que hubieron de la beata de la Cruz, que impusieron sobre un parral con una suerte de agua aneja en la acequia de los Parrales que tenían en el término de la villa, sobre unas tierras de sequero con su cueva que tenían en la Vega Castaña, término de la villa, sobre media suerte de agua que tenían en la acequia real de Aguatona, y sobre otras tierras y aguas, bienes que después Martín de Mireles y su mujer dieron en casamiento a sus hijas, hermanas de los otorgantes, con Diego de Mireles y Francisco de Morales; por cuanto se debían corridos –y siguen corriendo- de estos tributos, el parral apenas da renta por estar perdido,

………

y un asiento de colmenas a la madre del agua de la acequia real de Aguatona, con su cueva, en el Barranco de Guayadeque encima de la dicha madre. Por tanto, y para que su hermana tengan bienes propios y sea señora de todos los arriba nombrados, con cargo de los tributos principales y sus corridos, se los dan, y incluyendo en el parral su lagar y prensa, aderezos y cosas pertenecientes al lagar, así como las cajas, mesa, sillas y demás alhajas y [roto] labradas, y demás menudencias de servicio de casa que hayan quedado de sus padres. Juan de Mireles se queda con una casilla nombrada La Bodeguilla que hizo en vida de sus padres, a la entrada de las casas en las que éstos vivieron.

LA VIUDA DEL QUE FUE MAYORDOMO DE LA ERMITA DE NUESTRA SEÑORA DE LA CANDELARIA, PEDRO DE ESCOBAR, VENDE TIERRAS EN EL ALBERCÓN Y OTROS, PARA PAGAR UNA DEUDA PORQUE NO TIENE DINERO Y LO NECESITA PARA HACER UNA CAPILLA PARA LA ERMITA.

Villa de Agüimes. 3 de Febrero de 1585

“Ana Larios, viuda de Pedro de Escobar, regidor que fue de la isla, por cuanto su marido fue mayordomo de la ermita de Nuestra Señora de la Candelaria de la villa mucho tiempo y ha sido alcanzado en mrs. de los bienes de la ermita; porque la otorgante tiene pocos bienes y rentas para poder pagar la deuda en contado; y porque quiere con lo que ahora tiene que se venda de sus bienes para que se vaya pagando la deuda “porque se quiere hacer la capil- la de la dicha ermita y se me piden dineros e yo ni los tengo ni los puedo haber como la tierra está necesitada”. Por tanto, apodera a Francisco Díaz Bullullos, mayordomo de la ermita, para que en su nombre venda: la suerte de tierra que se dice El Albercón de la Vega de Aguatona, que ella y su marido compraron a Luisa de Cabrera, mujer que fue de Lorente González, difunto, va. y heredera de Juan Martínez de Bilbao; un asiento de colmenas con sus cuevas que tienen en el Barranco Hondo de Temisas, que fue de Luis Hernández Rasco y la otorgante y su marido compraron a Pedro González Moreno; y todas las tierras que les pertenecen en el término del Toscón, o en otras partes, en compañía de Luis Martín el Cojo o sus herederos.

DISPOSICIONES TESTAMENTARIAS DE HERNANDO ALONSOJORGE SOBRE MISAS EN LA IGLESIA DE NUESTRA SEÑORA DE LA CANDELARIA, Y SOBRE LA HACIENDA EN EL BARRANCO DE AGUATONA, Y OTRAS.

Pueblo del Ingenio de la Villa. 17 de Febrero de 1586.

“Testamento de Hernando Alonso Jorge, v.o de la villa. Cláusulas:

………..

Los bienes que posee son la hacienda que tiene en el Barranco de Aguatona, con su lagar y cuevas de morada debajo de cerca, que compró a Hernando Estévez, con la mitad del agua del barranco, que es quince días de agua, sin tributo alguno.

Las colmenas que hay, que no sabe las que son.

Dos toneles y dos botas de vino, un cuarto para el vino, y otras baratijas de casa, una caja y una mesa.

Deja las dos suertes de agua y las tierras del Deán, con cargo de 14 dbs. de tributo anual, a sus dos hijas, partiéndolas a medias, o bien para la primera que se case.

PARTIDO A MEDIAS DE UN PARRAL EN EL BARRANCO DE AGUATONA.

Pueblo del Ingenio de la villa de Agüimes. 16 de Marzo de 1586.

“Hernando Alonso Jorge, v.o de la villa, da a partido de medias a Antonio González Manco, v.o de la villa, toda la heredad de parral que tiene en el Barranco de Aguatona, con todas sus higueras, y toda la tierra y agua que tiene en dicho barranco, por tiemp ve o de nueaños que corren desde 24 de febrero. González Manco ha de podar, cavar, alzar y regar el parral, armarlo, cercarlo y tenerlo reparado y alzado, arrancar el juncal, limpiar y plantar de viña dentro de los dos primeros años. Partirán a medias todo el fruto del parral y los árboles. Todo el costo que se hiciere será a costa de González Manco en el plantar, vendimiar, echar de cabeza y mugrañas. Con el parral le da un lagar y todo su servicio, dos toneles, dos botas y un cuarto para el vino que coja de ambos, y si fueren necesarios más cascos los han de buscar. También le da un puerco a medias, que ha de engordar, y cuatro gallinas, para partir a medias cuando llegue el momento. También dos colmenas, que le ha de dar por el día de San Juan, para que haga los enjambres que quisiere; han de buscar corchos y hormillas, y al cabo de los nueve años el otorgante sacará las colmenas vivas, partirán los enjambres y el otorgante se llevará las hormillas y González Manco los corchos.

FRANCISCO DÍAZ BOLLULLOS PROMETE DOTE A SU HIJA: UTENSILIOS, UNA CASA POR ARRIBA DE LA ACEQUIA,TIERRA DE REGADÍO EN LA COSTA, PARRAL E HIGUERAL EN AGUATONA, ASIENTO DE COLMENAS, AGUA DEL BARRANCO DE AGUATONA, UN LAGAR Y AGUA EN LA ACEQUIA REAL DE AGUATONA.

Pueblo del Ingenio de la villa de Agüimes. 8 de Marzo de 1588. Francisco Díaz Bullullos, v.o de la villa, estando concertado el casamiento entre Agustín de Caseres, v.o de la villa, hijo de Pedro de Caseres y de Ana P[roto], y Catalina Díaz, hija del otorgante y de su mujer [roto] Hernández, le promete en dote los bienes siguientes: dos vestidos de su hija, uno de diario y otro de fiesta, con su manto y saboyana; una cama que es dos colchones usados y dos almohadas labradas, artes [roto] de grana y dos sábanas nuevas de lienzo blanco, y una fresada usada y dos almohadas blancas con su lana; una barra de cama, bancos y tablas; una sábana de lienzo usada [roto] para colgar, y otra sábana blanca para colgar; cinco platos de estaño usados; una bacinera que sirve de “basar” de tea; una caja con su herradura y llave; otra caja pequeña y una banca de pino; dos sillas y una mesa de banca con sus pies, que sirve de mesa;………

…… la mitad de las tierras de regadío que tiene en la costa, porque la otra mitad la ha dado a su hijo Juan Díaz, que serán como diez fans. de puño de sembradura; la hacienda que tiene en Aguatona de parral e higueral, [roto] y asiento para colmenas, y la tierra que tiene cercada abajo del dicho cercado del parral, con la cuarta parte del agua del Barranco de Aguatona que compró a Marina Hernández por escritura ante Juan de Vega, escribano público que fue de Telde, …..

NOMBRAMIENTO DE ACEQUIERO EN LA ACEQUIA DE LA VEGA DE AGUATONA.

Villa de Agüimes. 24 de Abril de 1588.

“Juan González, como alcalde de las aguas del heredamiento de la villa, y como heredero y en nombre de los demás herederos de la acequia real de Aguatona, da a Gaspar Ordoñes la acequia que se dice de la Vega de Aguatona de la villa, para que la guarde y sea su acequiero, que se entiende desde el molino de Francisco Díaz al colmenar hasta la suerte que se dicen de Amador de Diego de Tovilleja, por tiempo de un año que corre desde el 22 de este mes, por precio de 54 dbs. que cobrará de todos los herederos y personas que gozaren las aguas, de cada uno conforme a lo que gozaren, por sus tercios. Las condiciones son las acostumbradas.

Ts.: Juan de Mireles, Alonso Casado, Juan de la Cueva, vs. de la villa.- A ruego y por testigo, Juan Gutierre de la Cueva.” (546)

Siglo XVIII

Un producto agroalimentario singular de estas islas es el turrón canario, muy distinto al del sudeste ibérico. Nació en la isla de los almendreros, Gran Canaria, seguramente en el siglo XVIII pues ya tenemos referencias escritas del mismo en el XIX, siempre relacionado con las fiestas patronales de los pueblos. Su producción está vinculada a determinadas familias y su comercialización a las fiestas locales. Este producto se elabora con almendras, miel, azúcar, pan rallado… mediante diferentes procesos y recetas de elaboración. Su presentación más común es en pequeñas tabletas circulares envasadas en aros o moldes de papel que, superpuestas, conforman un conjunto o taco de varias unidades, forrado con papel transparente.

Igualmente son apreciados los bizcochos y suspiros de Moya, hechos con harina y huevos o  los mazapanes de Tejeda, elaborados con almendras y miel;

José de Viera y Clavijo, en Diccionario de Historia Natural de las Islas Canarias refleja lo siguiente:

Fue regular que de Canaria se llevasen a Tenerife, Palma, Hierro y Gomera, donde desde luego, a beneficio de la grata temperie, llegaron a multiplicarse tanto que ya en el año de 1511 eran las colmenas salvajes una de las rentas de los propios municipales de Tenerife. No han dejado de llevarse también algunas veces a Fuerteventura y Lanzarote; pero jamás han procreado a causa de que la violencia de los vientos nornordestes que reinan en ambas islas, particularmente de Abril hasta Octubre, impiden el vuelo a las abejas cuando buscan las flores

La miel de Canaria, que es muy buena, se emplea por la mayor parte en la fábrica de turrón, y de rosquillas de alajú. Igualmente lo es la de Tenerife, con especialidad la de las abejares de cumbres, donde encuentran los retamales blancos, que abundan en fragrantes flores. Glas, en su descripción de estas islas, celebra la miel de abejas de la Palma, particularmente la de las colmenas que están distantes de las viñas y de las mocaneras, pues les dan estas flores mal color (2): hace mención de la miel de la Gomera; pero pondera sobre todo la de la isla del Hierro, en la cual las abejas se multiplican mucho, a beneficio de los excelentes pastos (3). Anualmente se suelen coger allí sobre mil cuartillos, y más de trescientas libras de cera, cuya miel es de superior calidad, sobresaliendo la de las colmenas del pago del Pinal por hallarse todo su terreno alfombrado de espesos tomillos. Es esta una miel tan sólida que rota la vasija que la contiene, conserva su figura.

Las colmenas que se usan en nuestras islas son las antiguas, formadas de troncos de árboles socavados, o de cuatro tablas unidas, con su cobertura, mientras en Europa se ha ido inventando otras más cómodas, algunas de varios altos que se pueden separar, y por consiguiente castrarse, sin que casi lo noten las abejas.

Nota: El alajú o alajuz es un dulce con forma de torta, típico de Castilla,  propio de la provincia de Cuenca (y de algunas zonas de Valencia limítrofes con Castilla-La Mancha), hecho tradicionalmente de una masa a base de almendras, pan rallado y tostado, especias finas y miel bien cocida, cubierta de dos obleas por ambos lados de la torta; en otras ocasiones se usan nueces y, a veces, piñones, en vez de almendras.

Siglo XIX. Exposición Provincial de Canarias

Hacia 1880, momento del crecimiento económico moderno de Canarias, se ensaya un nuevo modelo de desarrollo similar al maderiense y al cubano por la estrecha relación migratoria. Se basó en el cultivo y producción industrial del tabaco y la caña dulce para azúcar y ron.

Frente a las agroindustrias de exportación, motores de la economía, se mantenían pequeñas industrias artesanales de autoabastecimiento: gofio (base de la alimentación), queso, aceite de oliva, aceite de almendra, repostería-confitería, miel de abeja, miel de caña… con unos procedimientos muy artesanales usando artilugios muy antiguos. Pero en unas ciudades portuarias cosmopolitas como Las Palmas de Gran Canaria y Santa Cruz de Tenerife llegaba pronto los avances tecnológicos del momento, y a finales del siglo XIX van implantándose modernas industrias fabriles para la fabricación de harinas, pastas, chocolates, confiterías, galletas, cervezas, aguardientes-licores, harina de plátanos, etc. el 80% de toda la industria insular. Su producción se destinaba tanto para el abastecimiento interno como para el portuario e incluso para la exportación al mercado de las colonias más cercanas del continente africano y alcanza su mayor desarrollo entre 1950 y 1970.

A la Sociedad Literaria, Artística. De Fomento y Recreo de la Ciudad de Las Palmas de G.C., corresponde la gloria de haber promovido la Exposición Provincial de 1862, que fue la primera de su clase celebrada en las Islas Canarias.

En la Memoria Histórica y Oficial de la Exposición Provincial de Canarias, de Agricultura, Industria y Artes, celebrada en las Casas Consistoriales de la Ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, en 1862 se recoge que la exposición estuvo abierta 43 días, habiendo sido visitada por más de 6,000 personas; se clausuró el 12 de junio.

A la Clase XIV, Mieles y Cera, se presentaron muestras del Sr. Conde de Vega Grande, D. Nicolás Massieu, D. Matías Melián,  D. Juan Rodríguez y D. Matías Padrón quienes aportaron tarros con miel, panes y panales de cera.  La valoración que hizo el jurado, fue la siguiente:

La miel de abejas es la única que producen estas islas. Las muestras que se han presentado pertenecen a la que da esta isla de Canaria, que es excelente, como lo es la de Tenerife; sobro todo la de las colmenas de sus encumbradas sierras, donde las abejas chupan las fragantes flores de las retamas blancas.

Los ejemplares de cera, todos de expositores de esta isla y de Fuerteventura, prueban satisfactoriamente la buena calidad de esta sustancia oleosa que produce la Provincia.

El tipo de colmena tradicional canaria es muy simple: un corcho o tronco hueco de la palma de un metro de altura, aproximadamente, en posición vertical, con las dos aberturas tapadas con lajas y selladas con una mezcla de barro y bosta de vaca. En la mitad del interior se entrecruzan dos palos que sostienen los panales construidos paralelamente por las propias abejas. A mediados del siglo XX comienzan a instalarse las colmenas de madera con una mayor especialización de la actividad y prácticamente han desaparecido el uso de las colmenas de corcho.

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