En nuestra asociación, la seguridad de las personas y de las explotaciones es una prioridad fundamental. Conscientes de la importancia de estar preparados para cualquier eventualidad, hemos contratado una serie de pólizas de seguro y servicios especializados.
Actualizado en diciembre de 2024.
- Póliza de Centro Dispensador. Cubre los siniestros ocurridos en nuestro local de dispensación de medicamento.
- Póliza de docencia. Garantiza los posibles incidentes en el transcurso de las actividades de formación, tanto en recintos cerrados como en los apiarios durante las sesiones prácticas.
- Póliza de directivos. Garantiza la cobertura de responsabilidad civil de los directivos en el ejercicio de sus funciones.
- S.S. y Mutua Laboral como es obligatorio realizamos una aportación empresarial a la Seguridad Social para nuestros trabajadores en plantilla.
- Prevención de Riesgos laborales, PRL. Para asegurar un entorno laboral seguro y conforme a la normativa, contamos también con un contrato con una empresa especializada en la gestión de la Prevención de Riesgos Laborales.
- Pólizas agrarias a las explotaciones/colmenas: Póliza de Seguro Agrario Combinado (Agroseguro) y póliza de explotaciones agropecuarias (Pelayo), esta última incluye Responsabilidad Civil de las explotaciones.
Estas medidas reflejan nuestro compromiso con la protección y el bienestar de todos los involucrados en nuestras actividades.
ApiGranca gestiona la contratación colectiva de dos pólizas de seguro que garantizan la continuidad de las explotaciones apícolas de nuestros socios en casos de siniestros climatológicos, accidentes, incendio, o bien responsabilidad civil y robo:
- Línea 411. Seguro Agrario Combinado. Póliza núm. M186239-2. Del 29/11/2024 al 28/11/2025.
- Pelayo. Explotaciones agropecuarias. Póliza núm. 7006437. Del 11/05/2024 al 10/05/2025.
Las diferentes coberturas se pueden resumir en los siguientes grandes bloques:
- Accidentes y siniestros climatológicos: Viento huracanado, inundación, lluvia torrencial, caída de rayo, pedrisco, nieve, golpe de calor, Incendio (Agroseguro). Explosión, Incendio y daños por humo.
- Choque o impacto de vehículos. Ondas sónicas.
Actos vandálicos, envenenamiento, expoliación.- Robo y hurto de colmenas (Franquicia: 20% de los daños por siniestro, con un mínimo de 600 €).
- Responsabilidad Civil por reclamaciones de terceros, Asistencia y Defensa Jurídica.
- Transporte de colmenas.
- Los gastos necesarios para reducir los daños, Extinción y Desescombro (obligatorios).
- Riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS).
El Valor Unitario de aseguramiento se subdivide en tres conceptos:
Valor asegurado | % Valoración en caso de siniestro | ||||
Colmena | Núcleo | Caja | Enjambre | Producción | |
Agroseguro | 160€ | 80€ | 30% | 40% | 30% |
Pelayo (Siniestro) | 100€ | — | 47% | 53% | — |
Los Seguros Agrarios Combinados protegen tu producción, plantación e instalaciones de los daños ocasionados por las adversidades climáticas, por la fauna silvestre o por incendio.
El Sistema Español de Seguros Agropecuarios cuenta con la subvención concedida por las administraciones públicas, tanto centrales (ENESA) como autonómicas, que suponen un descuento en la prima directamente aplicado a la póliza. En la Línea 411 se cubren las pérdidas en la producción de apicultura, incluyendo la caja, el enjambre y la propia producción, por acaecimiento de siniestro de sequía, y los daños excepcionales por inundación-lluvia torrencial, viento huracanado y golpe de calor.
Los valores máximos de compensación de Agroseguro a la producción por inundación-lluvia torrencial, viento huracanado, golpe de calor y nieve (garantía básica) así como por incendio (garantía adicional) son:
% valor de compensación sobre precio unitario por colmena | |||||||||||
MAR | ABR | MAY | JUN | JUL | AGO | SEP | OCT | NOV | DIC | ENE | FEB |
100 % | 70 % | 30 % |
Mínimo indemnizable: 20% por asentamiento siniestrado y 10% en caso de incendio pero con un mínimo de 4 colmenas.
Franquicias: Las franquicias pueden ser del 10% y mínimas de 300€. Se aplicará una franquicia absoluta de un 20% por asentamiento, teniendo en cuenta los capitales garantizados por riesgo. Para incendio, se aplicará un 10% del daño en el asentamiento siniestrado.
Declaración de Siniestro
Se realizará al Tomador o Mediador del seguro, para que se tenga constancia de la reclamación antes siete días desde el conocimiento del siniestro, comunicando cuantos detalles sean posibles para establecer la naturaleza del daño y la identidad de los perjudicados.
Por ello, se deberá:
• Denunciar inmediatamente el hecho ante la Autoridad competente.
• Declarar parte inmediatamente a la Asociación de Apicultores de Gran Canaria, ApiGranca, como Tomador del Seguro.
• Las colmenas no deberán ser movidas del lugar del siniestro sin previa consulta a ApiGranca.