CabGC: subvenciones para apicultores 2024

Publicación: BOP de Las Palmas número 95, de 5 de agosto de 2024.
Plazo de presentación: Hasta el 3 de septiembre de 2024.
Objeto: Regular el procedimiento de otorgamiento de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva de diferentes acciones estratégicas, con el objetivo de obtener una mejora de las condiciones de producción y transformación de determinadas producciones ganaderas.

  • Medida II.- Fomento del bienestar animal de la raza bovina Canaria.
  • Medida V.- Fomento del bienestar animal de la raza porcina Negra Canaria.
  • Medida VI.- Retirada de cadáveres de la especie porcina.
  • Medida VII.- Fomento del sector apícola.
  • Medida VIII.- Fomento de la calidad del queso y diversificación de la producción láctea.
  • Medida IX.- Fomento del relevo e incorporación a la actividad ganadera.
  • Medida X.- Fomento de la empleabilidad en el sector ganadero.


Beneficiarios
: Podrán ser beneficiarias, las personas físicas o jurídicas, titulares de:

  • Explotaciones ganaderas radicadas en Gran Canaria.
  • Salas de extracción y/o envasado de miel radicadas en Gran Canaria, a excepción de las asociaciones apícolas, entidades de carácter público u otras entidades sin ánimo de lucro.
  • Establecimientos de transformación dedicados a la elaboración de queso u otros productos lácteos, radicados en Gran Canaria.

Información: Llamando a su Agencia de Extensión Agraria para solicitar CITA PREVIA con nuestro técnicos/as, o bien se puede poner en contacto en el 928 219421 (ext. 43432 / 43433).


Web del Cabildo de Gran Canaria:

–  BASES DE LA CONVOCATORIA

INFORMACIÓN, SOLICITUD Y ANEXOS


Lugar de presentación de solicitudes
:

La presentación telemática exclusiva queda justificada por la obligatoriedad de la actualización del Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias a través de un procedimiento electrónico completo para los titulares de explotaciones ganaderas. No obstante, si por causas acreditadas la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria no estuviera operativa, la persona podrá presentar la solicitud de forma telemática mediante cualquier otro punto de acceso electrónico habilitado por la Administración Pública

  • Las solicitudes relativas a las Medidas VII y VIII, cuyos solicitantes no sean titulares de una explotación ganadera, se presentará preferentemente de forma telemática, a través de la sede electrónica del Cabildo de Gran Canaria: https://sede.grancanaria.com/info-subvenciones?codigoProcedimiento=SubvAgrSectorGanadero2024. No obstante, también podrán realizarse asimismo en los Registros desconcentrados del Cabildo de Gran Canaria cuyas direcciones pueden ser consultadas en la sede electrónica  www.grancanaria.com o en el Registro General del Cabildo de Gran Canaria, sito en la C/ Pérez Galdós, planta baja del edificio anexo a la Casa Palacio, así como por cualquiera de los medios a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio