ISA 2024 (PEPAC): Resolución definitiva

El tablón de anuncios de la consejería de AGPSA publicó el 16 de julio de 2024 la Resolución VCSP por la que se conceden definitivamente las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura en Canarias (PEPAC intervención sectorial apícola 2024).

Accede al contenido íntegro de la Resolución.

Estas subvenciones están cofinanciadas por la Unión Europea a través del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA), con un 50% que se aplicará en función de lo que finalmente se conceda. Del mismo modo, el citado Real Decreto 906/2022 establece que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación podrá contribuir a la financiación de las actuaciones hasta en un 25% del coste de las mismas siendo financiado el porcentaje restante por la Comunidad Autónoma.

Los créditos destinados a esta convocatoria correspondiente a la cofinanciación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma ascienden a un total de OCHENTA Y CINCO MIL EUROS (85.000,00 €) con cargo a la partida presupuestaria 13.11.412C.4700200 LA:13400101 “Medidas de apoyo a la apicultura MAPA”.

De acuerdo a esto, se ha concedido:

  • 5 €/colmena para dos tratamientos (2,5€/c para cada uno).
  • 0,35 €/colmena para asistencia veterinaria.
  • 0,30 €/colmena para Seguro de responsabilidad civil.

Correspondiendo a cada asociación las siguientes cantidades:

Asociación Expl. Colmenas Ppto Medicam. Veterin. R.C. Subv. Mapa-CA Feaga
La Palma 85 2.706 25.175,90 13.530,00 947,10 811,80 15.288,90 7.644,45 7.644,45
Gomera 62 1.665 8.408,24 6.812,16 582,75 499,50 7.894,41 3.947,21 3.947,20
Apiten 450 9.960 60.190,00 46.953,41 3.486,00 1.910,96 52.350,37 26.175,19 26.175,18
ADS Abecan 70 3.731 60.613,00 18.655,00 1.305,85 1.119,30 21.080,15 10.540,08 10.540,07
ApiGranca 216 5.398 53.451,49 26.990,00 1.889,30 1.082,00 29.961,30 14.980,65 14.980,65
ACA Abecan 140 6.624 37.696,80 32.001,00 2.318,40 1.804,84 36.124,24 18.062,12 18.062,12
Totales 1.023 30.084 245.535,43 144.941,57 10.529,40 7.228,40 162.699,37 81.349,70 81.349,67

Para el abono de la subvención concedida, el beneficiario deberá haber realizado la conducta objeto de subvención en el periodo comprendido entre el 01/08/2023 y el 30/06/2024, y sin necesidad de requerimiento previo, comunicar a esta consejería la realización de la misma acompañada de la documentación justificativa establecida en el resuelvo decimoquinto de la orden de convocatoria, como máximo el 31/07/2024, condición a la cual queda igualmente sujeta la efectividad de la subvención concedida.

Accede al contenido íntegro de la Resolución.

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