Tutorial actualización censo ganadero 2024

Los apicultores estamos obligados a actualizar el censo anualmente antes del 1 de marzo.
Recordamos que de acuerdo al Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas, en su  artículo 4. Obligaciones de los titulares de explotación establece lo siguiente:
3. Los datos sobre los censos de las explotaciones se comunicarán a la autoridad competente al menos una vez al año. A este respecto, el censo se comunicará antes del 1 de marzo de cada año, indicándose el censo medio del año anterior o el censo que se establezca en las disposiciones normativas específicas de cada sector, en la forma que determine la autoridad competente.

Identificación de colmenas.
Por otra parte, el Real Decreto 787/2023, de 17 de octubre, por el que se dictan disposiciones para regular el sistema de trazabilidad, identificación y registro de determinadas especies de animales terrestres en cautividad, en su artículo 13 cambia el modo de identificar las nuevas colmenas a partir del 1 de enero de 2024, debiendo ser el código de explotación: ESPPMMMXXXXXXX donde ES es España, PP la provincia, MMM el municipio y XXXXXXX el número de explotación.

Observaciones generales con la actualización del censo 2024.

  1. En caso de no actualizar el censo las explotaciones pasan a estar en el estado «alta inactiva» y pierden el derecho a participar en las distintas subvenciones: Intervención sectorial apícola ( medicamentos, veterinario, seguro de RC), POSEI (ayuda por colmena), se pierde el derecho a asistencia técnica veterinaria por parte de las asociaciones.
  2. Es un trastorno para las asociaciones ya que afecta a su actividad en los diferentes trámites que debe realizar así como una merma económica puesto que todas las ayudas se reparten de acuerdo al censo de cada asociación.
  3. Es necesario enviar una copia de la actualización a la asociación ya que la administración todos los años nos envía requerimientos por diferencias en el censo y si ya disponemos de una copia no es necesario molestar al socio y el trámite se agiliza mucho.

Observaciones particulares del censo 2024.

  1. En el año 2023 algunas explotaciones a la hora de actualizar no especificaron la raza de abeja negra canaria y eso les puede hacer perder la subvención del POSEI. En LP, Lz, Fv y GC es obligatorio marcar esta raza, mientras que en Tf, H y G pueden marcar la que deseen, pero si tienen otras razas no cobrarán POSEI.
  2. Un elevado número de apicultores canarios tienen varios asentamientos dados de alta desde hace muchos años y que no utilizan. La administración quiere asegurarse de que en estos asentamientos registrados haya colmenas instaladas, por eso este año han desaparecido del procedimiento y hay que buscarlos uno a uno.
  3. Si se desea dar de alta a un nuevo asentamiento que no esté registrado hay que ir al procedimiento 4578  «Modificación de datos en el REGA» que requiere una resolución que tarda varios días.

Tutorial con las novedades.

  1. Debemos asegurarnos de tener nuestro DNI electrónico o certificado digital vigentes en el momento de actualizar el censo. Lo mejor es hacerlo cuanto antes por si tuviéramos que ir a renovar los certificados.
  2. Las asociaciones, las agencias de extensión agraria, los ayuntamientos, algunos compañeros apicultores nos pueden ayudar a hacer la actualización del censo en el caso de que no sepamos.
  3. Entramos en la sede electrónica en el procedimiento 4345  Actualización de los datos de censo en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias, nos identificamos con nuestro certificado digital e iniciamos una solicitud como de costumbre. Completamos los dos primeros pasos Solicitante y Explotación con los datos personales y elegimos nuestra explotación.
  4. Una vez hayamos pasado al apartado Subexplotaciones debemos dirigirnos al desplegable de acciones.
  5. Que nos pasará al apartado Censo, apareciendo un aviso naranja indicándonos que debemos dar de alta todos nuestros asentamientos,
  6. Debemos añadir cada uno de los asentamientos en esta ventana. Para ello desplegamos los municipios y los parajes hasta encontrar el nuestro, comprobando las fechas de inicio y fin. Repetiremos y guardaremos la acción con cada asentamiento que tengamos.
  7. Una vez que tengamos todos nuestros asentamientos procedemos a actualizar el censo de colmenas.
  8. Actualizado el número de colmenas, en esta pantalla se nos ofrece el resumen, raza de abejas, número de colmenas y asentamientos.
    Si todo es correcto damos a finalizar.
  9. Finalizamos la actualización, la firmamos y la presentamos como es costumbre.
  10. Descargamos dos documentos:
      1. El Justificante (cuatro páginas)
      2. La Respuesta Inmediata (una sola página)
  11. Enviamos una copia del Justificante al correo de la asociación

 

Esperamos que esta guía les ayude a realizar el procedimiento de este año.

 

 



 

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