El Real Decreto 346/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 23 de abril de 2025, introduce importantes cambios que afectan a las explotaciones apícolas en España. El objetivo principal es reforzar la sanidad, la bioseguridad y el bienestar animal en la apicultura, adaptándose a las nuevas exigencias europeas.
Real Decreto 346/2025, de 22 de abril, por el que se establecen las bases de desarrollo de la normativa de la Unión Europea de sanidad animal, en lo relativo a las obligaciones de vigilancia del titular de la explotación.
🛡️ Principales cambios que afectan a las explotaciones apícolas
1. Obligaciones del titular de la explotación
- Deberá garantizar la sanidad de sus colmenas y fomentar el uso prudente de medicamentos veterinarios.
- Tendrá que facilitar el acceso de los veterinarios a la información sanitaria de la explotación, incluyendo registros en sistemas oficiales como PRESVET.
2. Visitas zoosanitarias obligatorias
- Se exige al menos una visita periódica por un veterinario colegiado.
- Estas visitas deben documentarse en informes detallados que contemplen sanidad, bioseguridad, uso de medicamentos y bienestar animal.
- Los informes deberán conservarse durante tres años y estar disponibles para la autoridad competente.
3. Profesional veterinario de explotación (opcional)
- El titular podrá designar voluntariamente un veterinario de explotación que asesore en sanidad, higiene y bienestar de las abejas.
- Esta figura debe ser comunicada a la autoridad competente si se designa.
4. Actualización normativa en explotaciones apícolas
- Se modifica el Real Decreto 209/2002, introduciendo:
- Requisitos de vigilancia sanitaria y visitas periódicas.
- Inclusión de información sanitaria en los documentos de explotación y de trashumancia.
5. Evaluación de riesgo zoosanitario
- La autoridad competente clasificará las explotaciones en niveles de riesgo, lo que determinará la frecuencia de controles.
6. Régimen sancionador
- El incumplimiento de estas obligaciones puede ser sancionado conforme a la Ley 8/2003 de Sanidad Animal.
📚Referencia completa:
Puedes consultar el texto íntegro del Real Decreto en el Boletín Oficial del Estado (BOE).