El BOC publicó el 10 de diciembre el extracto de la Orden 4103/24 de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria, por la que se convocan de manera anticipada, para el ejercicio 2025, las subvenciones destinadas a las Agrupaciones de
Defensa Sanitaria Ganaderas (ADSG) previstas en el Real Decreto 81/2015, de 13 de febrero, que establece las bases reguladoras de las subvenciones estatales destinadas a las agrupaciones de defensa sanitaria ganaderas. [BDNS (Identif.): 799915].
La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias convoca las subvenciones para las Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas, correspondiente a la campaña 2025, con una ficha presupuestaria de 735.000 euros.
Estas subvenciones tienen por objeto mejorar la calidad sanitaria, agilidad comercial y rentabilidad de las explotaciones ganaderas colaborando, tanto en la lucha y erradicación de enfermedades, como en el mantenimiento y creación de estructuras defensivas ante el riesgo de aparición y difusión de enfermedades exóticas.
Las actuaciones subvencionables corresponden a la compra y administración de vacunas y medicamentos veterinarios (desparasitantes), incluidos los gastos de la actuación profesional de los veterinarios de las ADSG.
Para optar a estos fondos estas entidades deben estar registradas en el Registro de Agrupaciones de Defensa Sanitaria Ganaderas de Canarias y cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 81/2015. Además, las explotaciones integradas en las ADSG deben haber seguido los programas obligatorios de erradicación de enfermedades en las islas, haber llevado a cabo el programa sanitario del año 2024 y cumplir con la normativa en materia de identificación animal.
Los facultativos intervinientes deben cumplir la aplicación del programa sanitario dispuesto en el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, sobre medicamentos veterinarios, y, en concreto, lo previsto en su artículo 25 respecto a la dispensación de medicamentos veterinarios por entidades o agrupaciones ganaderas.
Las entidades beneficiarias también deben comprometerse a ejecutar al menos el 40% del programa sanitario, en el momento de la Resolución provisional de concesión, completando el porcentaje restante hasta alcanzar al menos el 80%, antes de la finalización del plazo de realización de la actividad subvencionada.
El plazo de presentación de solicitudes será de un (1) mes contado a partir del día 13 de enero de 2025, y siendo el último día para
presentar las solicitudes el día 12 de febrero de 2025.
La orden surtirá efecto el 2 de enero de 2025 y la información completa puede consultarse a través del enlace: https://www.gobiernodecanarias.org/boc/2024/245/4091.html