ApiGranca dispone de un Centro Dispensador de Medicamentos Veterinarios (CDMV) para ADSG en su sede de Telde.
En mayo de 2023 nuestra asociación estrenó un local en la Estación de Guaguas de Telde cedido por la concejalía de Patrimonio de esa ciudad. Allí llevamos diverso mobiliario que conservábamos en un almacén y realizamos las gestiones y acondicionamiento necesarios para convertirlo en el Centro Dispensador de Medicamentos Veterinarios que la asociación demandaba.
Cumplidas las amplias exigencias administrativas y tras las inspecciones de rigor, los apicultores grancanarios cuentan ya con un CDMV, con el n.º de registro ESP3502610; al serle de aplicación el Real Decreto 666/2023, de 18 de julio, por el que se regula la distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos veterinarios, nuestra asociación se ha visto en la necesidad de tener actualizados los procedimientos del CDMV de ADSG.
Procedimientos Normalizados de Trabajo
De esta manera, nuestra farmacéutica ha actualizado los «Procedimientos Normalizados de Trabajo» (PNT). Los PNT son documentos que describen de manera detallada cómo se deben llevar a cabo determinadas actividades o procesos para asegurar la calidad y la consistencia en su ejecución. Cada PNT puede estar asociado a un registro, conformando un RPNT, es decir un documento donde se registran las evidencias de que se ha seguido un PNT específico. En otras palabras, mientras que un PNT describe cómo se debe llevar a cabo un procedimiento, un RPNT documenta que dicho procedimiento se ha seguido según las indicaciones. En concreto, hemos actualizado los siguientes:
- RPNT01 Registro de actuación del farmacéutico. Es el documento que el/la farmacéutico/a debe rellenar periódicamente, se debe conservar durante cinco años.
- RPNT02 Procedimiento de farmacovigilancia. Define la sistemática empleada por ApiGranca para la notificación a la Agencia Española del Medicamento (AEMPS) de cualquier sospecha de acontecimiento adverso (SAA) de un medicamento veterinario, defecto de calidad o desabastecimiento. La farmacovigilancia es tarea de todos los actores implicados: veterinario, farmacéutico y apicultores, por lo que este procedimiento también se ha incluido en el Plan Sanitario Integral.
- RPNT03 Control del mantenimiento de la cadena de frío en toda la red de distribución. Su objetivo es estandarizar el procedimiento empleado por ApiGranca para el mantenimiento de la cadena de frío durante las distintas etapas, con el fin de garantizar la correcta conservación de los medicamentos que requieran un manejo a bajas temperaturas. Aunque los medicamentos para abejas no necesitan refrigeración, nuestro centro dispensador está dotado con una nevera y el necesario control de temperatura para cualquier contingencia que pueda surgir.
- RPNT04 Plan de limpieza y desinfección de instalaciones, equipos y vehículos. Se pretende estandarizar el procedimiento empleado por ApiGranca para la limpieza y desinfección de las instalaciones y equipos. El objetivo de las medidas de limpieza propuestas es cumplir con las condiciones higiénicas y sanitarias dentro de la normativa vigente, prevenir la contaminación cruzada, y garantizar la seguridad y eficacia de los medicamentos almacenados.
— Asimismo ApiGranca dispone de contrato anual con empresa encargada del control de plagas. - RPNT05 Protocolo de dispensación. Con este PNT se establece el procedimiento empleado por ApiGranca para la dispensación de medicamentos veterinarios, con el fin de garantizar la seguridad y eficacia de los mismos, prevenir errores de medicación y uso inadecuado; y cumplir con las normativas y regulación vigentes en materia de medicamentos veterinarios.
— Asimismo ApiGranca lleva varios años con su campaña de recogida de restos de medicamentos, por lo que ya dispone de contrato con empresa de recogida de medicamentos veterinarios defectuosos o caducados. - Comunicación sobre ventas de antibióticos a ESVAC. Aunque en apicultura están prohibidos los antibióticos, ApiGranca enviará anualmente la declaración ESVAC sin cargar ningún código nacional, como “nada que declarar”.
Dispensación de medicamentos.
ApiGranca está dada de alta en el epígrafe 652.1, del impuesto de actividades económicas, IAE, que corresponde a Comercio al por menor de medicamentos, productos sanitarios y de higiene personal, ello nos permite emitir las facturas por venta de medicamentos a nuestros asociados.
La venta de medicamentos veterinarios por los centros dispensadores de ADSG viene regulada por el RD 666/2023, haciendo un breve resumen el socio solicita el medicamento y el veterinario, de acuerdo a su criterio profesional, emite la receta necesaria para su venta. El socio aceptará el pedido y una vez recogido el medicamento no lo podrá devolver, salvo un defecto grave del producto.