Actualizado 20 abril 2020.
A los graves problemas que viene arrastrando la apicultura canaria, se une la sequía que llevamos acumulada y ahora la pandemia mundial del coronavirus Covid-19 que ha puesto en jaque a toda la sociedad.
En un momento en que las colmenas requieren una mayor visita por parte del apicultor, en previsión de enjambres, hacer nucleadas y/o procurarles una alimentación adicional se ha decretado el estado de alarma de acuerdo al Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado parcialmente por Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo en los que se establece que las autoridades competentes delegadas adoptarán las medidas necesarias para garantizar el abastecimiento alimentario.
La actividad de la cadena de abastecimiento alimentario debe garantizarse en la situación de estado de alarma.
El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca con fecha de 18 de marzo ha publicado una nota Informativa sobre la aplicación del Real Decreto de Estado de Alarma en el sector agrícola, ganadero y pesquero. Intentemos pues aclarar algunas preguntas que nos hacemos todos.
1- ¿Los apicultores pueden desplazarse a los apiarios?
De acuerdo a la nota del ministerio: Debe mantenerse no solo la actividad de las empresas agroalimentarias en su conjunto, incluidas las explotaciones agrícolas, ganaderas, acuícolas y la actividad pesquera, sino también la de las empresas que, a su vez, les suministran los insumos necesarios para su funcionamiento.
En el caso de agricultores, ganaderos, acuicultores y pescadores deben poder seguir realizando las labores necesarias para garantizar el mantenimiento de actividad.
Antes que nada, dejemos claro que los apicultores somos ganaderos, Ganaderos con Mayúscula, y que cuidamos y procuramos el bienestar de nuestras abejas. Para no tener mayores contratiempos, recomendamos llevar en el vehículo la acreditación de apicultor con la cartilla ganadera, con los impresos del censo actualizado e incluso tener a la vista la ropa de apicultor.
El Gobierno español ha aclarado las condiciones de movilidad. En lo que afecta a los apicultores, son estas:
a) Se permite ir al trabajo, con lo que sí, los apicultores puede acceder a los colmenares para atender sus colmenas.
b) No más de una persona por vehículo. Hay mucha confusión con la posibilidad de que vaya más de una persona por vehículo. La Policía Nacional ha dejado claro que no se puede salvo causa de fuerza mayor. Ir a trabajar no se considera causa de fuerza mayor. La sanción para quien incumpla este punto va de 300 a 1.000 euros.
c) Los camiones y vehículos de los apicultores trashumantes pueden circular, pero siempre que solo vaya una persona en su interior. Si viajas con colmenas, lleva bebida y comida. Los talleres mecánicos están abiertos, pero no todos.
d) Salvoconductos. Es aconsejable que aquellas empresas que tienen empleados y siguen operativas les expidan salvoconductos en los que certifiquen que esas personas deben acudir a su puesto de trabajo. Así se evitarán multas.
e) ITV. El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo de 2020, por el que se declara el estado de alarma, hace referencia en su disposición adicional tercera a la suspensión de plazos administrativos. En el punto 1 se establece lo siguiente: “Se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el presente real decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo”. Se suspende, por tanto, el servicio de la ITV en toda España y los plazos de caducidad para todos aquellos vehículos que estuvieran obligados a pasar la ITV a partir del 15 de marzo y hasta nuevo aviso. Por lo tanto, los agentes de la autoridad no van a sancionar durante este periodo a los conductores que circulen con un vehículo que tenga caducada la ITV.
2 – Suministros de material. En la nota del Ministerio queda suficientemente claro que «La actividad agrícola, ganadera, acuícola o pesquera precisa del empleo de insumos para su correcto desempeño, como son la utilización de fertilizantes, productos fitosanitarios, semillas y plantones, productos veterinarios, piensos, sal, hielo, pertrechos, etcétera. Para ello, la actividad del comercio detallista que suministra este tipo de insumos tiene continuidad, ya que son actividades imprescindibles para asegurar la producción primaria y, con ello, el suministro alimentario a la ciudadanía«.
Puestos en contacto con las dos principales empresas que operan en Gran Canaria, tanto Disglass como Colmenas Canarias, nos comunican que tiene abiertas sus instalaciones pero solo atienden a profesionales. En cualquier caso, es mejor hacer una llamada telefónica en caso de que necesites material, en los enlaces puestos puedes encontrar los números de teléfono.
Un recurso ante las tiendas cerradas es acudir a las tiendas online de material apícola. En ellas se puede conseguir lo necesario y recibirlo por correo.
3 –Medidas de protección para apicultores frente al coronavirus
Aunque los apicultores trabajamos a menudo solos y en el campo, también debemos tomar precauciones para no contagiarnos y para no contagiar a otros. Es muy importante que si trabajamos en equipos utilicemos mascarillas para evitar salpicaduras indeseables.
Además, se debe evitar el intercambio de equipo personal: guantes, velo protector, trajes de protección… Todos estos elementos pueden contagiar el virus con facilidad.
En las salas de extracción y procesado de la miel, el personal debe llevar mascarillas y guantes.Con motivo del estado de alarma, la Consejería de Agricultura ha habilitado el teléfono 618.797.580 para facilitar los trámites referentes a la apicultura: Guía de traslado, alta de asentamiento, etc.