ISA 2026: ApiGranca cuestiona la exclusión de 2.115 colmenas por no pertenecer a su ADSG

La resolución provisional de la ISA 2026 reconoce a ApiGranca 218 explotaciones y 5.538 colmenas, pero deja fuera 2.115 colmenas incluidas en la solicitud de la asociación. La Consejería excluye las explotaciones situadas fuera de Gran Canaria por no pertenecer a la ADSG de ApiGranca, aunque el Real Decreto 906/2022 contempla esta circunstancia como criterio de prioridad y baremación, no como requisito general de acceso a la ayuda.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Soberanía Alimentaria del Gobierno de Canarias publicó el 14 de julio de 2026 la resolución provisional de las subvenciones destinadas a la mejora de la producción y comercialización de los productos de la apicultura correspondientes al ejercicio 2026.

La resolución propone conceder a ApiGranca una subvención total de 31.289,70 euros, distribuida de la siguiente manera:

  • 27.690,00 euros para medicamentos veterinarios.
  • 1.938,30 euros para asistencia técnica.
  • 1.661,40 euros para el seguro de responsabilidad civil.

Estas cantidades se calculan sobre las 218 explotaciones y 5.538 colmenas finalmente reconocidas por la Administración.

De 7.653 a 5.538 colmenas reconocidas
En el trámite de audiencia figuraban 7.653 colmenas en la solicitud de ApiGranca. Sin embargo, la resolución provisional solo reconoce 5.538.
La diferencia asciende a 2.115 colmenas, lo que representa aproximadamente el 27,6 % de las presentadas por la asociación.

Datos de la solicitud de ApiGranca Colmenas

  • Colmenas en el trámite de audiencia 7.653
  • Colmenas reconocidas en la resolución provisional 5.538
  • Colmenas excluidas 2.115

No se trata, por tanto, de una pequeña corrección administrativa. Más de una cuarta parte de las colmenas incorporadas a la solicitud de ApiGranca queda fuera del cálculo de la subvención.
La Administración excluye las explotaciones de los socios situadas fuera de Gran Canaria porque no pertenecen a la Agrupación de Defensa Sanitaria Ganadera —ADSG— de ApiGranca.

Una asociación regional y una ADSG de ámbito insular
ApiGranca es una asociación de ámbito regional, legalmente constituida y registrada para actuar en toda la Comunidad Autónoma de Canarias. Su proyecto asociativo integra a apicultores y apicultoras con explotaciones situadas en todas las islas canarias.
La ADSG vinculada a ApiGranca, en cambio, es una habilitación administrativa que tiene un ámbito territorial limitado a Gran Canaria.

Asociación y ADSG son figuras relacionadas, pero no equivalentes. La asociación representa y presta servicios a todos sus socios, con independencia de la isla en la que se encuentren sus explotaciones. La ADSG, por su parte, desarrolla funciones específicas de carácter sanitario dentro de su ámbito autorizado.

Sin embargo, la Consejería está utilizando el ámbito territorial de la ADSG para determinar qué explotaciones de ApiGranca pueden acceder a la subvención. Como consecuencia, se admiten las explotaciones situadas en Gran Canaria y se excluyen las de los socios que desarrollan la misma actividad apícola en otras islas.

Un criterio de baremación convertido en requisito
El Real Decreto 906/2022 contempla la pertenencia a una ADSG como un criterio de prioridad y baremación dentro del procedimiento de concurrencia competitiva.
En el caso de cooperativas, asociaciones y otras agrupaciones de apicultores, este criterio se valora cuando al menos el 50 % de las explotaciones que las integran cumple dicha condición.
La propia configuración del criterio resulta significativa: si todas las explotaciones tuvieran que pertenecer obligatoriamente a una ADSG para acceder a la subvención, no tendría sentido establecer un porcentaje mínimo del 50 % para obtener la puntuación correspondiente.
El Real Decreto permite, por tanto, que en una misma asociación existan explotaciones pertenecientes a una ADSG y otras que no formen parte de ella. La pertenencia puede influir en la puntuación obtenida por la solicitud, pero no aparece formulada como un requisito general que permita excluir automáticamente cada explotación no integrada en una ADSG.
La interpretación aplicada por la Consejería va mucho más allá de decidir si ApiGranca obtiene o no el punto correspondiente en la baremación. Lo que hace es eliminar directamente del cálculo de la ayuda las explotaciones situadas fuera de Gran Canaria.
De este modo, una condición prevista para valorar y puntuar la solicitud se convierte, en la práctica, en un requisito individual de acceso para cada explotación.

El problema no es la puntuación obtenida
ApiGranca no cuestiona la cantidad concedida por cada colmena admitida ni plantea simplemente una discrepancia sobre la puntuación asignada.
El problema es anterior: antes de calcular la subvención, la Administración ha dejado fuera 2.115 colmenas pertenecientes a socios de la asociación.
La cuestión no es, por tanto, si ApiGranca debe recibir un punto más o un punto menos. La cuestión es si puede utilizarse un criterio de baremación para excluir explotaciones que forman parte de la solicitud y que cumplen las restantes condiciones exigidas para acceder a la ayuda.
A juicio de ApiGranca, ni las bases de la convocatoria ni el Real Decreto 906/2022 establecen que todas las explotaciones incorporadas por una asociación deban pertenecer a su ADSG. Tampoco establecen que el ámbito territorial de una asociación solicitante tenga que coincidir con el ámbito territorial autorizado para su agrupación sanitaria.

Una diferencia de trato entre socios de la misma asociación
La interpretación aplicada genera una diferencia directa entre socios de ApiGranca.
Un apicultor cuya explotación se encuentra en Gran Canaria puede acceder a la subvención porque pertenece a la ADSG. Otro socio, integrado en la misma asociación y sujeto a las mismas obligaciones como apicultor, queda fuera por tener su explotación en otra isla.
La diferencia no se produce por pertenecer a asociaciones distintas, sino por la localización territorial de las explotaciones dentro de una misma entidad de ámbito regional.
ApiGranca considera que una diferencia de trato de esta naturaleza debe estar respaldada por una base normativa clara, expresa y suficientemente motivada. No puede derivarse de la conversión de un criterio de puntuación en una condición de acceso que la norma no formula como tal.

Una situación que se repite desde la ISA 2025
La controversia no es nueva.
En la convocatoria de 2025, ApiGranca ya cuestionó la exclusión de las explotaciones de sus socios situadas fuera de Gran Canaria y defendió que la pertenencia a una ADSG era un criterio de prioridad, no una condición de admisibilidad para todas las explotaciones.
La resolución definitiva de 2025 reconoció a ApiGranca 4.642 colmenas y una ayuda de 26.168,90 euros. En 2026, el número reconocido aumenta hasta 5.538 colmenas y la subvención provisional alcanza los 31.289,70 euros.
La mejora cuantitativa no resuelve, sin embargo, la cuestión de fondo. Las explotaciones situadas fuera de Gran Canaria continúan excluidas mediante la aplicación del mismo criterio que ApiGranca viene cuestionando.

Defensa de un modelo regional, justo y solidario
ApiGranca presentará las alegaciones correspondientes para solicitar que se revisen las exclusiones y se incorporen todas las explotaciones incluidas en su solicitud que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria.
La asociación mantiene la posición aprobada por unanimidad por su Asamblea General: defender un modelo regional, justo y solidario, en el que ningún socio quede fuera por razón de la isla en la que se encuentre su explotación ni por la aplicación de condiciones que no estén claramente establecidas en la normativa.
La pertenencia a una ADSG puede ser valorada y puntuada conforme al Real Decreto 906/2022. Lo que ApiGranca cuestiona es que se utilice para excluir explotaciones completas y limitar el ámbito de actuación de una asociación regional.
La ISA debe contribuir a mejorar la sanidad del conjunto de la cabaña apícola canaria, fortalecer sus estructuras asociativas y garantizar que los recursos públicos alcancen al mayor número posible de apicultores.
ApiGranca no cuestiona la cuantía reconocida por cada colmena admitida. Cuestiona que 2.115 colmenas hayan sido excluidas previamente mediante la aplicación como requisito de una circunstancia que el Real Decreto configura como criterio de baremación.


Serie especial: ISA 2026 y la Abeja Negra Canaria

Esta publicación forma parte de una serie de artículos en los que ApiGranca analiza la convocatoria de la Intervención Sectorial Apícola 2026, el recurso de alzada presentado por la Asociación y la situación de la conservación de la Abeja Negra Canaria.

  1. ISA 2026: Resolución provisional.
  2. ISA 2026: ApiGranca cuestiona la exclusión de 2.115 colmenas por no pertenecer a su ADSG.
  3. ISA 2026: Publicada la resolución definitiva de las ayudas al sector apícola.
  4. ISA 2026: Una resolución definitiva con muchas respuestas, pero poca fundamentación.
  5. ApiGranca recurre una resolución que convierte la comprobación en exclusión.
  6. Ser ADSG no borra una asociación.
  7. Una Dirección General que, en lugar de impulsar, pone trabas a la apicultura.
  8. Para otras razas, todas las vías; para la Abeja Negra Canaria, ninguna.
  9. La Abeja Negra Canaria también es una raza autóctona, señor consejero.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Scroll al inicio